Corte Suprema revisará hoy excarcelación de Keiko Fujimori
Recurso presentado por el fiscal Rafael Vela en 2020 busca anular la audiencia que decidió dejar en libertad a Keiko Fujimori por el caso Odebrecht.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia revisará este viernes, desde las 9 a.m., un recurso presentado hace más de dos años atrás por el fiscal superior Rafael Vela Barba con el objetivo de anular la audiencia que definió la excarcelación de Keiko Fujimori en el caso Cócteles (Odebrecht).
Uno de los resultados posibles que puede dejar esta casación (recurso excepcional para dejar precedentes en casos similares) del fiscal Vela, si es aprobada por la Corte Suprema, es que se deje sin efecto la liberación de Keiko y vuelva a tener prisión preventiva por 15 meses.
Acorde con datos y documentación a la que accedió La República, la Corte admitió a fines del año pasado solo una de tres casaciones que se presentaron en total a inicios de la pandemia, en mayo del 2020, a raíz de la liberación de Keiko Fujimori que se dio, según la Fiscalía, de forma irregular con una audiencia de segunda instancia que no debió instalarse.
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En este sentido, la Corte Suprema revisará lo que Vela cuestionó en su recurso: que no debió instalarse la audiencia de apelación de la prisión preventiva que se dictó por 15 meses contra Keiko Fujimori, porque su abogada apeló la medida fuera del plazo legal (3 días hábiles). La impugnación debió presentarse hasta el 31 de enero de 2020 y no el 3 de febrero como lo hizo Giulliana Loza, señaló Vela.
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Por lo tanto, pidió desde entonces que se anule la audiencia que permitió a Keiko salir en libertad y tener restricciones. Al mismo tiempo, sostuvo que se confirme la prisión preventiva contra la lideresa de Fuerza Popular. El fiscal recordó también que uno de los jueces de aquel tribunal, Edgar Medina Salas, estuvo en contra de que se admitiera la apelación de Keiko justo por estar fuera de plazo.
La Sala Penal Permanente, al admitir solo este recurso de la Fiscalía, se pronunciará sobre el pedido de Vela y desde cuándo debe contarse un plazo para apelar una decisión. El tribunal supremo sostuvo además que “es necesario desarrollar la doctrina jurisprudencial nacional, a fin de establecer desde cuándo debe computarse el plazo de tres días”. La aclaración de este punto es necesario, determinaron.
Fuentes de este diario aseguraron además que, en el caso de que la Corte Suprema decretase que la apelación de Keiko Fujimori no debió ser admitida a trámite, por extemporánea, se dejaría sin efecto la excarcelación y solo quedaría firme la decisión de enero de 2020 que dictó prisión preventiva contra Keiko por 15 meses. Es decir, se ordenaría nuevamente su captura y encarcelamiento.
Otro resultado posible, cabe precisar, es que los jueces de la Corte Suprema rechacen la postura fiscal y se confirme que sí se presentó la apelación de Keiko a tiempo y, en consecuencia, sea válida la excarcelación que se decidió a su favor desde el 30 de abril de 2020 y mantenga su libertad.
La audiencia programada para hoy, en este sentido, es importante puesto que la decisión que emita la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dejará en claro cuánto plazo debe correr para presentar una apelación y cuándo se puede anular una audiencia que no haya cumplido con ello. Se dejará un precedente para casos futuros.
Posturas descartadas
La Corte Suprema rechazó asimismo revisar el fondo de otras dos casaciones: una del fiscal Vela y otra de la abogada de Keiko, Giulliana Loza, porque a criterio del tribunal había una “manifiesta falta de argumentos claros y concretos” en ambos recursos.
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El recurso de Vela alegaba que al convocarse en 2020 y continuar la audiencia de apelación de Keiko contra su prisión preventiva de 15 meses se provocó indefensión del Ministerio Público, además de no haberse justificado adecuadamente la excarcelación de Keiko en segunda instancia por el caso Odebrecht. Vela también pidió reafirmar la prisión preventiva de Keiko.
La casación de Loza apuntaba a cuestionar las restricciones de Fujimori que se le impuso tras su apelación para que se determine si era proporcional o no.