Tribunal Constitucional declara inconstitucional ascenso automático para personal de salud
Decisión fue tomada por unanimidad y resuelve a favor del Poder Ejecutivo.
Luego de que el Ejecutivo presentara una demanda de inconstitucionalidad en contra de la ley que regula los ascensos automáticos para el personal de salud, aprobada por insistencia el último 24 de agosto por el Congreso, el Tribunal Constitucional (TC) falló a favor del Estado.
En este sentido, anunciaron que la Ley N° 31039 era inconstitucional, por lo cual la normativa propuesta por el Legislativo no procede y queda sin efecto.
Según la red social de la institución, la decisión fue tomada por unanimidad por la presidenta Marianella Ledesma, el vicepresidente Augusto Ferrero Costa, quien también expuso el caso, Eloy Espinosa-Saldaña, José Luis Sardón, Manuel Miranda, Ernesto Blume y Carlos Ramos Núñez.
Exministra de Economía advirtió que afectaría presupuesto público
En su momento la exministra de Economía, María Antonieta Alva, indicó que encargó el caso al Ministerio de Justicia y señaló que la ley quebrantaba el principio de la no iniciativa de gasto, la cual está adscrita al Legislativo.
Debido a ello, Luis Huerta Guerrero, procurador público representante del Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional (TC) solicitó que la normativa se declare inconstitucional, pues contravenía a 9 artículos de la Constitución.
En dicha demanda, se señalo además el impacto económico que generaría en el gasto público, al aplicar la ley 31039. “Para el ascenso automático de los profesionales de salud, el costo asciende a S/ 216.902.739,77″, precisaba el documento.
El oficio presentado por el Ejecutivo, apuntaba que el cambio de grupo ocupacional y línea de carrera del personal profesional y técnico administrativo, ocasionaría un gasto de S/ 19.721.705,88.
“Para el nombramiento automático, se ha estimado un costo total de S/ 1.154.301.122,77 (...) para la entrega de la bonificación por puesto de salud pública, el costo asciende a S/ 197.802.000″, justificó.
De igual modo, se mencionó que la ley de ascenso automático al personal de salud quebranta el carácter de intangibilidad de los recursos de EsSalud.
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