Cobrar mucho, poco o nada de las deudas dependerá de los litigios
Al día siguiente. Tras la imprescriptibilidad dada por el Tribunal Constitucional, la Sunat señala que continuará defendiendo la procedencia de las deudas tributarias. Los expertos sostienen que no se puede usar la prescripción, pero sí otras estrategias.
La decisión del Tribunal Constitucional (TC), que falló en contra de la prescripción de las deudas tributarias, marca un hito en el país y abre la esperanza en la Sunat para el cobro de las obligaciones de las empresas.
Si el TC no hubiese desestimado la demanda de inconstitucionalidad que interpuso el Colegio de Abogados de La Libertad, se habría imposibilitado cobrar S/ 9.256 millones de 158 empresas, amparadas en la estrategia y el derecho de impugnar deudas, y judicializarlas.
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La entidad tributaria debe proseguir diligentemente en los procesos, con eficiencia y eficacia para cobrar ese dinero necesario para hacer frente a la crisis.
Desde la Sunat señalaron que continuarán defendiendo la procedencia de la deuda tributaria en el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial. “Tenemos litigios en diferentes etapas, algunas en vía administrativa y otras en los juzgados de primera instancia, cortes superiores y en la Corte Suprema. Precisamente en este último órgano supremo de justicia, existen algunos procesos que esperamos estén prontos a concluir, toda vez que ya tienen varios años en litigio”, señaló Luisa Castillo Soto, intendenta de Principales Contribuyentes Nacionales, de la Sunat.
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Para la funcionaria, el fallo del TC es de suma relevancia, pues “un resultado contrario hubiese significado afectar los principios de igualdad, de razonabilidad y de justicia que ampara la Constitución. En este sentido, como en su momento afirmamos, no se ajustaba a derecho que nos saquen de la cancha, antes de terminar el partido”, afirmó Luisa Castillo.
El tributarista José Verona afirmó que la decisión del TC es un triunfo para el país y debe ser acatada, pero dejó en claro que debe respetarse el derecho a la prescripción de una deuda, cuando el proceso de impugnación siguió todos sus pasos.
“La sentencia hay que obedecerla, pero no dejemos de cuestionarla”, señala por su parte el tributarista César Luna Victoria, del Estudio Rubio, quien dejó en claro que lo determinado por el TC no implica que la deuda sea cobrable en este momento. “Tienen que terminar los procesos judiciales en los que ya no se puede argumentar prescripción, pero sí argumentar otras cosas, y al final de ese proceso se determinará si es cobrable o no”, señaló al indicar que cobrar mucho, poco o nada dependerá de los litigios.
Para el tributarista Jorge Picón, la resolución del TC no cambia las reglas de la prescripción, y lo que hace es aplicar de manera retroactiva una norma que no estaba vigente a hechos anteriores a su aprobación.
Explica que aplicar una norma de forma retroactiva en base al monto a recaudar violenta la seguridad jurídica, lo que reduce la posibilidad del país de atraer inversiones que son las que permiten generar empleo y más impuestos.
“Lo mínimo que un contribuyente o inversionista necesita es predictibilidad y claridad en las reglas de juego y no que cambien de forma retroactiva las reglas tributarias porque se necesita más caja fiscal”, señaló.
Se entiende la necesidad de la caja fiscal y que para la recaudación es importante, pero “el fin no justifica los medios”. En opinión de Picón, hubiera sido mejor un impuesto extraordinario antes de romper reglas básicas como la no retroactividad, que consideró un derecho fundamental para cualquier ciudadano.
Por su parte, Luna Victoria anotó que lo que se gana en recaudación se pierde en respeto a la Constitución “y esa es nuestra última defensa contra cualquier arbitrariedad”.
Herly Llerena, experto en regulación, señaló que si bien la sentencia del TC permite que el Estado cobre ingentes sumas por tributos, también es cierto que hace ver que podríamos estar creando condiciones adversas para los inversionistas.
“Si, para afrontar la grave crisis económica, es preciso que seamos lo más competitivos, ¿no resulta acaso obvio que hagamos algo para contrarrestar ese segundo efecto? ¿En qué momento vamos a actualizar nuestro régimen tributario para que sea sólido y atractivo?”, dijo.
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“Es un nefasto precedente”, señala Picón
Para el tributarista Jorge Picón, el Tribunal Constitucional se dejó llevar por la presión mediática para frenar la prescripción de las deudas con la Sunat.
“Es lamentable que el Tribunal Constitucional, en un tema técnico simple y obvio, haya cedido también a argumentos efectistas del Ejecutivo, Legislativo y diversos medios de comunicación”, señaló.
Tras el fallo del TC, la Sunat seguirá con los procesos judicializados en curso, pero Picón indicó que el fallo del TC no será suficiente por sí solo para la cobranza. En su opinión es un “nefasto precedente para los beneficios del contribuyente”.
Reacciones
“Que las grandes empresas paguen sus impuestos al igual que lo hacen todos los contribuyentes, sin distinción. La primera disposición complementaria transitoria del D.L. 1421 es compatible con la Constitución”.
Marianella Ledesma, presidenta del TC
“Ganó el Perú. Es un día de fiesta, es un día para alegrarnos. Porque es una decisión que legitima esta institución que tiene Sunat para exigir el cobro de la deuda, pero la deuda prescribe una vez que está determinada”.
José Verona, abogado tributarista
“Cuando una deuda es contingente, es porque está en litigio, no significa que es cobrable. Tienen que terminar los procesos judiciales en los que ya no se puede argumentar prescripción, pero sí otras cosas más”.
César Luna Victoria, abogado tributarista
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