Comisión de Género del Poder Judicial rechaza excluir a población LGTBIQ al acceso de justicia especializada
Jueza Elvia Barrios presentó informe en el que advierte que el Perú puede ser denunciado por atentar contra los derechos humanos de las personas LGTBIQ.
La presidenta de la Comisión de Género del Poder Judicial (PJ), Elvia Barrios, envió un informe al presidente del Consejo Ejecutivo de la misma entidad, Jose Luis Lecaros, en el que rechaza la exclusión de las personas LGTBIQ como población vulnerable para acceder a la justicia especializada.
El viernes 17 de julio, el Consejo Ejecutivo del PJ —encargado de proponer la política general del dicha institución— suscribió el pacto internacional “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad” para que personas con riesgo de sufrir graves delitos en su contra puedan acceder a justicia especializada. Firmaron, pero excluyendo a la población LGTBIQ como personas vulnerables.
En el informe, la jueza Barrios le recuerda al juez Lecaros que existen argumentos nacionales e internacionales que van en contra de la decisión que tomó. Incluso advierte que la exclusión a la adhesión de esta regla puede ser calificada “como un supuesto de discriminación y (...), puede ser objeto de denuncia ante la CIDH “.
Brenda Álvarez, abogada especialista en temas de género, afirmó en diálogo con La República que el presidente del Consejo Ejecutivo del PJ debe seguir el marco normativo, ya que esta exclusión no solo es una contradicción a los acuerdos internacionales a los que está suscrito el Perú, y los cuales el PJ está obligado a cumplir, sino que “puede constituir discriminación”, como también señala la jueza Barrios.
Por ello, la Comisión de Justicia de Género del PJ hace énfasis en el documento que “no implementará la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo en la parte que excluye la adhesión a la Regla de Brasilia N° 4 debido a que es contraria a la Convención Americana de Derechos Humanos”. Es decir, no acatará la disposición que excluye a la orientación sexual e identidad de género como condiciones de vulnerabilidad.
“Una cosa es lo que el piense, pero en el ejercicio de la función pública, él debe someterse y cumplir con las funciones en el desempeño de su cargo, entre ellas está la protección de los derechos fundamentales de todas las personas, especialmente aquellas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad como la población LGTBIQ”, determinó.
Cabe resaltar que la Corte IDH declaró responsable a Perú por torturas y violación sexual a las personas LGBTIQ por el caso de Azul Rojas Marín, mujer transgénero agredida y abusada por agentes policiales. En este fallo ordenó al país adoptar un protocolo de investigación y administración de justicia durante los procesos penales para casos de personas LGBTI víctimas de violencia.
La especialista resaltó que esta exclusión contraviene a la propia constitución y lo que podría hacer el presidente del Consejo Ejecutivo del PJ es corregir su decisión “antes de que sus decisiones sean revisadas por un órgano judicial”.
Newsletter Política LR
Suscríbete aquí al boletín Política La República y recibe a diario en tu correo electrónico las noticias más destacas de los temas que marcan la agenda nacional.