El PL del Ejecutivo para delegación de facultades frente al COVID-19
Gobierno solicitó al Congreso, con carácter de urgencia, poder legislar en diversas materias frente al avance del coronavirus en el Perú.
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El Congreso de la República recibió este jueves el proyecto de ley del Poder Ejecutivo donde solicita tener las facultades legislativas necesarias para poder combatir la expansión del coronavirus (COVID-19) en nuestro país.
Este proyecto, firmado por presidente de la República Martín Vizcarra, y el primer ministro Vicente Zeballos, es por un plazo de sesenta (60) días y establecido con “carácter de urgente” de acuerdo al Artículo 105° de la Constitución Política del Perú.
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Es así que, bajo este proyecto de ley, el Gobierno solicita al Pleno del Congreso que se otorgue las facultades en materia de salud, política fiscal y tributaria, promoción de la inversión pública, seguridad ciudadana, trabajo y promoción del empleo.
Esta iniciativa también solicita medidas en educación, prevención y protección de las personas en situación de vulnerabilidad, bienes y servicios para la población, además de la protección de los sectores productivos extractivos y de servicios.
Del mismo modo, se piden las facultades en materia de promoción cultural y el turismo donde figuran la libre competencia y el correcto funcionamiento de mercados, así como la protección de consumidores.
Finalmente, el Gobierno solicita que la Contraloría General de la República pueda aplicar el control concurrente y posterior a las adquisiciones e inversiones que se vienen realizando frente al estado de emergencia por el COVID-19.
Cabe recordar que estas facultades solicitadas por el Ejecutivo apoyarían ya las realizadas anteriormente como la declaratoria de emergencia sanitaria de 90 días de acuerdo al Decreto Supremo N° 008-2020-SA, como medida de prevención y control del COVID-19 en aeropuertos, centros educativos, espacios públicos, transporte y centros laborales.
De igual manera, a la declaración de Estado de Emergencia Nacional expuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM el pasado 15 de marzo del 2020 donde se restringen los derechos constitucionales como la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reuniones y de transito en el territorio, entre otros.
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Además, de disponer el aislamiento social obligatorio en el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM el pasado miércoles 18 marzo lo que derivó al cierre temporal de fronteras, la suspensión de transporte interprovincial e internacional.
Esto debido a las “graves circunstancias” que ha conllevado la expansión del coronavirus donde ya se registran 480 casos de infectados y 9 fallecidos hasta la fecha, de acuerdo al último reporte anunciado por el mandatario Martín Vizcarra.


















