Política

El PL del Ejecutivo para delegación de facultades frente al COVID-19

Gobierno solicitó al Congreso, con carácter de urgencia, poder legislar en diversas materias frente al avance del coronavirus en el Perú.

Martín Vizcarra
Martín Vizcarra

El Congreso de la República recibió este jueves el proyecto de ley del Poder Ejecutivo donde solicita tener las facultades legislativas necesarias para poder combatir la expansión del coronavirus (COVID-19) en nuestro país.

Este proyecto, firmado por presidente de la República Martín Vizcarra, y el primer ministro Vicente Zeballos, es por un plazo de sesenta (60) días y establecido con “carácter de urgente” de acuerdo al Artículo 105° de la Constitución Política del Perú.

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Es así que, bajo este proyecto de ley, el Gobierno solicita al Pleno del Congreso que se otorgue las facultades en materia de salud, política fiscal y tributaria, promoción de la inversión pública, seguridad ciudadana, trabajo y promoción del empleo.

Esta iniciativa también solicita medidas en educación, prevención y protección de las personas en situación de vulnerabilidad, bienes y servicios para la población, además de la protección de los sectores productivos extractivos y de servicios.

Del mismo modo, se piden las facultades en materia de promoción cultural y el turismo donde figuran la libre competencia y el correcto funcionamiento de mercados, así como la protección de consumidores.

Finalmente, el Gobierno solicita que la Contraloría General de la República pueda aplicar el control concurrente y posterior a las adquisiciones e inversiones que se vienen realizando frente al estado de emergencia por el COVID-19.

Cabe recordar que estas facultades solicitadas por el Ejecutivo apoyarían ya las realizadas anteriormente como la declaratoria de emergencia sanitaria de 90 días de acuerdo al Decreto Supremo N° 008-2020-SA, como medida de prevención y control del COVID-19 en aeropuertos, centros educativos, espacios públicos, transporte y centros laborales.

De igual manera, a la declaración de Estado de Emergencia Nacional expuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM el pasado 15 de marzo del 2020 donde se restringen los derechos constitucionales como la inviolabilidad de domicilio, la libertad de reuniones y de transito en el territorio, entre otros.

Además, de disponer el aislamiento social obligatorio en el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM el pasado miércoles 18 marzo lo que derivó al cierre temporal de fronteras, la suspensión de transporte interprovincial e internacional.

Esto debido a las “graves circunstancias” que ha conllevado la expansión del coronavirus donde ya se registran 480 casos de infectados y 9 fallecidos hasta la fecha, de acuerdo al último reporte anunciado por el mandatario Martín Vizcarra.

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