¿Cuántos años de prisión piden para Keiko Fujimori por caso cócteles?

Antauro-Alberto, el origen de una trampa, por René Gastelumendi

La posibilidad de que el expresidente Alberto Fujimori sea candidato presidencial ha generado controversia debido a sus antecedentes penales, incluyendo homicidio calificado. A pesar de su avanzada edad y problemas de salud, sus seguidores se muestran entusiasmados con la idea de su candidatura. Por otro lado, Antauro Humala, condenado por homicidio simple, también se perfila como una figura polémica en las próximas elecciones presidenciales.

Escoja usted entre estos dos candidatos a la presidencia:

Alberto Fujimori, sentenciado por: homicidio calificado, peculado doloso, falsedad ideológica, usurpación de funciones, entre otros.

Antauro Humala, sentenciado por: homicidio simple con dolo eventual, secuestro agravado, daños agravados, sustracción o arrebato de arma de fuego y rebelión.

Recordado esto, se viene hablando de la posibilidad de que el expresidente Alberto Fujimori sea candidato presidencial. “No descartamos que postule a algún cargo”, ha dicho el vocero Miki Torres. Si desea ser el candidato presidencial, en su momento, seguramente sería elegido internamente, por aclamación, acaba de decir anteayer, Luis Galarreta, secretario general de ese partido. De hecho, ante los anticuerpos y fracasos de su hija, a pesar de sus casi 90 años y una neoplasia controlada, la candidatura del indultado seduce a sus seguidores.

En la otra orilla, el eterno cuco etnocacerista fusilador con metralleta de Antauro Humala, recientemente mezclado con Juntos por el Perú, también es otra de las candidaturas polémicas, por decir lo menos, que se avizora en el horizonte de las próximas elecciones presidenciales. Hasta la semana pasada, se suponía que el congreso iba a aprobar una ley para evitar que un condenado por homicidio, como Antauro, pueda postular.

¿Por qué no se pudo aprobar? Porque entre los interesados no solo está Antauro Humala sino también Alberto Fujimori, también sentenciado por homicidio. Entonces a la fujimorista Martha Moyano optó, sin pudor alguno, por reducir la lista de delitos para que solo afecten la candidatura de su líder y no la de Humala, haciendo una descarada ley con nombre propio que, de tan descarada, no le quedó otra que regresar a comisiones.

La reforma constitucional tenía como objeto impedir que los sentenciados por corrupción de funcionarios, homicidio, secuestro, entre otros delitos, puedan postular a un cargo de elección popular, es decir, afectaba tanto a Alberto Fujimori como a Antauro Humala. La congresista fujimorista, a la medida de Fujimori, propuso que solo los sentenciados por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, rebelión, sedición y motín no podrían participar de las elecciones, sino hasta después de 10 años de su rehabilitación.

Jugando a favor de intereses particulares, otra vez, decidió retirar, para favorecer a su líder, los delitos de violación sexual, colusión, corrupción de funcionarios, trata de personas, homicidio y secuestro.  No obstante, ya existe una reforma constitucional aprobada en setiembre del 2020, durante el gobierno de Vizcarra y bajo la presidencia del congreso de Manuel Merino, que les impediría postular a ambos. 

Se trata de la ley que incorpora el artículo 34-A y el artículo 39-A sobre impedimentos para postular a cargos de elección popular o ejercer función pública Artículo Único: Incorpórense los artículos 34-A y 39-A en la Constitución Política del Perú, según el texto siguiente: “Artículo 34-A: están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso. Artículo 39-A: están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.

Sin embargo, y, he aquí el entuerto, de acuerdo a varios constitucionalistas, lamentablemente este artículo no alcanzaría a Antauro Humala puesto que, a diferencia de Fujimori, este ha cumplido toda su condena y hay que leer la mencionada reforma de manera conjunta con el numeral 22 del artículo 139 de la misma CP: “ el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad.

Por tanto, Antauro Humala, según esta interpretación, habría recuperado todos sus derechos ciudadanos. Fujimori, en cambio, no cumplió su condena, sino que “solo” se le perdonó con un indulto. Entonces, por salvar la eventual candidatura de Alberto Fujimori, todo indica que también tendremos candidateando al orate de Antauro. Para hacer más fea la película, podríamos imaginar que, a la hora de la hora, termina postulando Keiko y ya sabemos quién ganaría, entre ella y Humala, si postula. Después tienen el cuajo de terruquear.

René Gastelumendi

Extremo centro

René Gastelumendi. Autor de contenidos y de las últimas noticias del diario La República. Experiencia como redactor en varias temáticas y secciones sobre noticias de hoy en Perú y el mundo.