Elecciones en Argentina 2021: todo sobre la prohibición de venta de alcohol y veda electoral
Conoce AQUÍ las habituales restricciones para el proceso electoral que entrarán en vigencia a partir de este viernes, y cuáles son las acciones y actividades que están reprimidas.
A pocas horas de efectuarse las elecciones parlamentarias en Argentina, programadas para este domingo 14 noviembre, los principales candidatos cerraron ya sus campañas electorales. El Frente de Todos tuvo su acto principal en donde estuvieron presentes Alberto Fernández, Cristina Kirchner, Sergio Massa y Axel Kicillof. Por otro lado, Juntos, cuyo principal candidato en la provincia de Buenos Aires es Diego Santilli, cerró campaña en La Plata con cánticos que pronostican el regreso al poder en 2023. En esta nota, sigue en vivo toda la cobertura de las elecciones 2021 y descubre todos los detalles de las prohibiciones impuestas por el Estado argentino antes de la fiesta cívica del fin de semana.
Desde cuándo inicia la veda electoral
Desde este viernes 12 de noviembre a las 8.00 a. m. comenzó la veda electoral. Su duración será hasta el domingo 14 de noviembre a las 9.00 p. m., tras celebrarse las Elecciones 2021. Según lo establecido por la ley, la veda electoral cumple con otorgar a los votantes de un tiempo para reflexionar sobre su decisión “sin la influencia de la campaña política”.
Desde qué hora está prohibida la venta de alcohol por las elecciones 2021
Con respecto a las bebidas alcohólicas, a partir de las 8.00 p. m. del día sábado 13 de noviembre entra en vigencia la prohibición de su venta. La restricción dura hasta las 9.00 p. m. del día siguiente, tres horas después de finalizados los comicios, según ley. Los comercios que venden cervezas, vinos y otras bebidas con alcohol suelen inhabilitar las góndolas donde se encuentran este tipo de botellas para no violar las normas electorales vigentes. También estará prohibida su venta en bares y restaurantes.
Se puede consumir alcohol durante el tiempo de veda
Pese a la restricción de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, nada prohíbe legalmente la ingesta de bebidas alcohólicas en el domicilio, siempre y cuando se haya adquirido antes del inicio de la prohibición de venta. El artículo 19 de la Constitución Nacional Argentina especifica: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.
¿Qué cosas están prohibidas en este tiempo?
Las prohibiciones se delimitan específicamente a todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, así como a la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. Según el artículo 71 del Código Electoral, se prohíbe lo siguiente:
- Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre, es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.
- La realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.
- Vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
- Portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
A cuánto ascienden las multas
Las personas que no cumplan con la veda podrán ser denunciadas por violación al Código Electoral y sancionadas. Las penalidades son de distinto grado y tipo. Por ejemplo, según la legislación, se dará prisión de 15 días a seis meses en el caso de personas que expendan bebidas alcohólicas. Aplica la misma penalidad para el “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto”.
Por otro lado, la sanción para aquel que “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” va desde los dos meses a dos años de cárcel. Además, quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio” sería castigado con hasta tres años. En lo que respecta a los candidatos, si incumplen las disposiciones, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Finalmente, se les podrá cobrar a los ciudadanos una multa entre $ 10.000 y $ 100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de los avisos publicitarios emitidos por los medios de comunicación, y por aquellos anuncios que realicen como actos de campaña fuera del plazo establecido para dicho fin.