La Comisión de Justicia aprobó por mayoría incorporar en el Código Penal el delito de "apología del terrorismo", el cual será sancionado con penas desde los 4 años hasta los 12 años de prisión efectiva. De acuerdo con el texto sustitutorio de la ley que propone modificar el artículo 316 e incorpora el artículo 316-A del Código Penal, se precisa la creación de un tipo especial de delito y se establecen nuevas sanciones. En el caso de la exaltación, justificación o enaltecimiento del terrorismo o de la persona que haya sido condenada por este delito, la pena será no menor de 4 años ni mayor a los 8 años de cárcel. Si estas acciones se realizan en una institución educativa y son propiciadas por un docente o autoridad en actividad de la institución en presencia de menores de edad, la sanción será de 6 años hasta los 10 años de prisión efectiva. Mientras que si la apología de terrorismo se hace mediante objetos, libros, escritos, imágenes visuales o audios y otros medios de comunicación, la pena no será menor de 10 años ni mayor de 12 años.El congresista de Fuerza Popular Octavio Salazar, uno de los autores de esta iniciativa, se mostró satisfecho con el apoyo de sus colegas y refirió que han sido más de 10 años de lucha para que este proyecto encuentre el consenso. "El propósito de esta ley es que los jueces tengan herramientas al momento de sentenciar a una persona que enaltece al terrorismo delante de un público y, lo que es peor, menores de edad", sostuvo.❧Datos El predictamen fue aprobado con los votos de los congresistas de las bancadas de Fuerza Popular, Peruanos por el Kambio, Partido Aprista y Alianza Para el Progreso. El congresista del Frente Amplio Zacarías Lapa votó en abstención. El dictamen será remitido a la Mesa Directiva para ser debate en el pleno del Congreso. Jorge Cerdán