JNE pide precisiones al JEE sobre exclusión de George Forsyth
El JNE encontró errores dentro de la resolución emitida por el JEE y la devolvió para que estos sean revisados. Con esta decisión aún no se define si Forsyth sigue en carrera.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró nula la resolución que emitió el Jurado Especial Electoral (JEE) de Lima Centro 1 en el que excluye a George Forsyth de la plancha presidencial por Victoria Nacional, debido a que encontraron imprecisiones. El documento fue devuelto a la espera de que sea revisado.
Según fuentes del JNE, se encontraron una serie de errores en el documento que resolvió la exclusión de Forsyth y la improcedencia de la plancha presidencial de su organización política.
Por ello, se decidió declarar nula la resolución. Esto, con el propósito de que pueda ser revisado y las imprecisiones se corrijan para que recién decidan si el exalcalde de La Victoria sigue en carrera para los comicios electorales del 11 de abril.
JNE declara nula la resolución que excluye a Forsyth. Foto: JNE
El último 10 de febrero, el JEE decidió excluir a Forsyth de la fórmula presidencial de Victorial Nacional por haber omitido información en su hoja de vida respecto a ingresos por acciones en diferentes empresas.
En esa línea, también se resolvió declarar improcedente las candidaturas de la primera y segunda vicepresidencia, integradas por Patricia Arévalo y Jorge Chávez, respectivamente.
Motivos de la exclusión
Según el informe fiscalizador presentado en la resolución, el aspirante al sillón presidencial solo declaró cuatro empresas en las que posee acciones, y omitió información de otras seis. Del último grupo, sigue con estado tributario activo de las cuales “no ha declarado ningún ingreso por ese concepto”.
Asimismo, indican que en la documentación presentada por el exburgoamestre, hay existen varias inconsistencias como la cantidad de sus ingresos cuando encabezó la Municipalidad de La Victoria.
Respecto a ello, Victoria Nacional aceptó como un “error de cálculo” al considerar el sueldo era del 2020, mientras que la norma estipula que debe ser de 2019, el que asciende a la suma de S/ 154.468.00 (S/100.873.00 de ingresos correspondientes al sector público y S/53,595.00 de ingresos del sector privado).
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