APP: JEE declara admisible la lista de candidatos al Parlamento por Lima
Organismo electoral declaró subsanadas las observaciones de la lista al Congreso que dio el personero legal de la organización, José Luis Echevarría.
Oficialmente en carrera. El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 admitió la solicitud para la inscripción de la lista de candidatos al Congreso por Lima de Alianza para el Progreso (APP) para las elecciones generales del 2021.
La entidad electoral decidió “tener por subsanada” la observación del registro de candidatos al Parlamento entregado por el personero legal del partido, José Luis Echevarría Escribens.
Es así que se admitió “la solicitud de inscripción de la lista al Congreso […] por el distrito electoral de Lima” con los 34 candidatos de APP para los comicios del próximo 11 de abril.
De acuerdo con la resolución n.° 00071-2020-JEE-LIC2/JNE publicada este domingo 27, el personero José Echevarría “ha cumplido con subsanar las observaciones señaladas; […] por consiguiente, corresponde que se admita la solicitud de inscripción de la lista de candidatos y efectuar las publicaciones correspondientes”, según lo establecido en la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
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Este resultado se da luego de que el JEE de Lima Centro 2 declarara inadmisible las inscripciones de siete candidatos, entre los cuales figura la exfiscal de la Nación Gladys Echaíz, quien encabeza la lista congresal del partido de César Acuña.
Asimismo, subsanaron su inscripción la exprocuradora anticorrupción Katherine Ampuero, así como los siguientes postulantes: Maritza del Carmen Rosario Milagros, Sergio Iván Atarama Martínez, Francisco Martin Gavidia Arrascue, Silvana Cristel Junchaya Baca y Pedro Alonso Carrera Ramos.
Otros candidatos que conforman la lista son: el excongresista Daniel Abugattas, la actriz Vanessa Terkes, el exfutbolista German Leguía y los exalcaldes Óscar Benavides (Ate), y Miguel Saldaña (Comas).
El último sábado, la fórmula presidencial de César Acuña fue declarada inadmisible por el JEE de Lima Centro 1 debido a las observaciones hechas durante la evaluación de la documentación presentada.
El ente electoral emitió una resolución en la que precisó que, pese a que la solicitud de inscripción se presentó oportunamente, el acta de los comicios internos no cuenta con los números de DNI de los integrantes de la Dirección Electoral de la agrupación política.
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