Economía

Retiro AFP 2024: solicitan a la SBS agilizar normativa para SÉPTIMO desembolso

Mediante una misiva dirigida a la superintendenta de la SBS, Socorro Heysen Zegarra, se busca acelerar la reglamentación del séptimo retiro de las AFP.

Hasta el momento, la entidad no ha emitido comunicado sobre el tema. Foto: composición LR/X/Andina
Hasta el momento, la entidad no ha emitido comunicado sobre el tema. Foto: composición LR/X/Andina

A través de la Ley N.°32002, publicado en el diario oficial El Peruano, el Ejecutivo promulgó la norma que dispone el retiro de las AFP por hasta 4 UIT, o su equivalente S/20.600. De esta manera, se espera que la ciudadanía pueda disponer de su dinero a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en la que estén registrados.

Recientemente, la congresista Digna Calle envió un oficio a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para acelerar la reglamentación a cargo de la entidad, que tiene como plazo máximo hasta 15 días calendario. Según se puede leer en el documento, "Determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no excederá de quince días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la ley".

SBS: piden que entidad acelere el reglamento de retiro AFP

La misiva dirigida a la superintendenta de Banca, Seguros y AFP, Socorro Heysen Zegarra, indicó que hay antecedentes que facilitaban retiros anteriores, lo que sugeriría una mayor viabilidad de una respuesta pronta por parte de la institución que ella dirige.

“Debe considerarse que ya existen antecedentes de procedimientos operativos aprobados por su entidad que facilitan los retiros extraordinarios, motivo por el cual es viable emitir dicho reglamento, petitorio que está respaldado por los más de 8 millones de peruanos que requieren con urgencia la disposición de sus fondos”, se puede leer.

Oficio enviado a la SBS. Foto: captura/X

Oficio enviado a la SBS. Foto: captura/X

¿Hasta qué fecha hay plazo para que la SBS emita un procedimiento operativo?

La aprobación por parte de la presidenta Dina Boluarte y del titular del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, coincide con lo mencionado por José Arista, ministro de Economía y Finanzas (MEF), quien indicó que no se observaría la propuesta del séptimo desembolso facultativo de los fondos. De este modo, la SBS debe anunciar los procedimientos correspondientes antes del 3 de mayo para que la ciudadanía pueda iniciar la solicitud de retiro de AFP.

¿Cómo será el desembolso de fondos de AFP?

Conoce cómo será el procedimiento para solicitar el retiro de fondos de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP):

  1. Presentación de la solicitud: los afiliados tienen la opción de presentar su solicitud de retiro, tanto de manera física como virtual, dentro de los noventa días calendarios siguientes a la entrada en vigor del reglamento de dicha ley.
  2. Desembolso de los fondos: una vez presentada la solicitud, se establece que el monto de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será depositado cada treinta días calendarios. El primer desembolso se realiza treinta días calendarios después de que la solicitud haya sido presentada a la AFP correspondiente.
  3. Desistimiento del retiro: si el afiliado decide no continuar con el retiro de los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), tiene la opción de cancelar el proceso. Para ello, debe notificar a la administradora privada de fondos de pensiones por única vez, al menos diez días calendarios antes del desembolso siguiente.