SBS modifica reglamento de operaciones con dinero electrónico
Entre las modificaciones, la entidad redujo el monto de los límites aplicables a las cuentas de dinero electrónico simplificadas. Nuevos términos estarán en función a la remuneración mínima vital.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mediante la Resolución N.° 03932-2022 publicada hoy, 22 de diciembre, en El Peruano estableció 2 modificaciones al reglamento de operaciones con dinero electrónico.
La primera establece que los emisores de dinero electrónico podrán utilizar depósitos de disposición inmediata como modalidad permanente de garantía para el valor del dinero electrónico emitido. Esto, de forma alternativa al fideicomiso.
La segunda tiene como finalidad reducir la exposición a los riesgos de lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo, para lo cual se ha reducido el monto de los límites aplicables a las cuentas de dinero electrónico simplificadas, establecidos en dicho formato.
Los nuevos límites estarán en función a la remuneración mínima vital (actualmente S/ 1.025), lo que permitirá mantenerse actualizadas a lo largo del tiempo.
Límites operacionales | Resolución SBS N° 12 1262-2020 | Resolución SBS N° 03932-2022 |
Transacción | S/ 3.000 | 1,5 RMV (S/ 1.537,5) |
Saldo consolidado | S/ 10.000 | 3 RMV (S/ 3.075) |
Conversiones | S/ 10.000 | 3 RMV (S/ 3.075) |
Transacciones acumuladas | S/ 15.000 | 6 RMV (S/ 6.150) |
La SBS señaló que, para aquellas personas jurídicas o naturales que buscan realizar operaciones por montos mayores a los límites antes referidos, el producto que surge como alternativa es la cuenta de dinero electrónico general.
En abril 2020, ante la urgente necesidad de promover el uso de medios electrónicos para realizar transacciones durante el estado de emergencia nacional por la pandemia por la COVID-19, la SBS tomó medidas para que el dinero digital pueda ser una alternativa. Por ello, dado el fin de dicha medida, se hicieron las referidas modificaciones.
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¿Qué es el dinero electrónico?
El dinero electrónico es el saldo almacenado en soportes electrónicos, tales como teléfonos móviles (celulares) o tarjetas prepago, los cuales se encuentran asociados a una cuenta cuyo titular es el contratante. Existen dos tipos:
Cuentas simplificadas:
- Cada transacción no puede ser superior a 1,5 RMV
- El saldo de todas las cuentas de dinero electrónico pertenecientes a un mismo titular, en una misma empresa emisora, no puede ser superior a 3 RMV
- Las conversiones a dinero electrónico acumuladas en una misma empresa emisora no pueden exceder el monto de 3 RMV en un mes.
- Las transacciones acumuladas en una misma empresa emisora (conversión, trasferencias, pagos, etc.) no pueden exceder el monto de 6 RMV en un mes.
- Solo pueden abrirse en moneda nacional y utilizarse dentro del país.
Cuentas generales:
- Aquellas que no cumplen con las características de las simplificadas. Actualmente, estas cuentas no están sujetas a ningún límite.