Retiro AFP en Perú: ¿qué pasa si no registro mi SOLICITUD de desembolso en la fecha indicada?
El próximo lunes 20 de mayo inicia el registro de solicitudes para el retiro AFP. Si por algún motivo, los afiliados no lograste hacerlo dentro del plazo, esto es lo que puede pasar.
Miles de afiliados a las AFP esperan el inicio del cronograma para enviar sus solicitudes de retiro de sus fondos privados de pensiones. Desde el lunes 20 de mayo, ellos podrán hacer efectivo este requerimiento según el último dígito de su DNI, tal y como lo establece la asociación que agrupa a las cuatro administradoras en nuestro país.
El trámite será gratuito y digital a través del portal www.solicitaretiroafp.pe y los desembolsos se realizarán en cuatro armadas de hasta 1 UIT (S/5,150) cada una. Sin embargo, se pueden presentar algunas complicaciones que impidan la presentación de esta solicitud en la fecha indicada. ¿Qué ocurriría en ese caso?
Retiro AFP 2024: ¿qué pasa si no registro mi solicitud en la fecha indicada?
Si por diversas circunstancias no logras presentar tu solicitud en la fecha que te corresponde, desperdiciarás esta oportunidad de acceder al retiro de tu fondo de pensiones. Sin embargo, todavía dispones de una alternativa para remediar esta situación. Según el cronograma publicado por la Asociación de AFP, entre el martes 2 de julio y el sábado 17 de agosto, aquellas personas que no remitieron este requerimiento podrán hacerlo sin ningún orden establecido.
De igual forma, es importante recordar que el plazo máximo para solicitar estos desembolsos es de 90 días calendario, de acuerdo con lo dispuesto en el procedimiento operativo determinado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Mira el cronograma para enviar tu solicitud de retiro AFP
Desde el lunes 20 de mayo iniciará el registro de solicitudes para acceder al retiro facultativo de hasta S/20.600 de los fondos de AFP. El primer desembolso le corresponde a los afiliados cuyo número de DNI finalice en 1, quienes tienen dos plazos adicionales para realizarlo: el 21 de mayo y 18 de junio. A continuación, revisa todos los detalles del cronograma publicado por la Asociación de AFP.
- Si tu DNI finaliza en 1, registra tu solicitud de retiro el 20 y 21 de mayo, y el 18 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 2, registra tu solicitud de retiro el 22 y 23 de mayo, y el 19 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 3, registra tu solicitud de retiro el 24 y 27 de mayo, y el 20 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 4, registra tu solicitud de retiro el 28 y 29 de mayo, y el 21 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 5, registra tu solicitud de retiro el 30 y 31 de mayo, y el 24 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 6, registra tu solicitud de retiro el 3 y 4 de junio, y el 25 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 7, registra tu solicitud de retiro el 5 y 6 de junio, y el 26 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 8, registra tu solicitud de retiro el 10 y 11 de junio, y el 27 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 9, registra tu solicitud de retiro el 12 y 13 de junio, y el 28 de junio.
- Si tu DNI finaliza en 0, letra u otro, registra tu solicitud de retiro el 14 y 17 de junio, y el 1 de julio.
Mira las fechas exactas para registrar tu solicitud. Foto: La República
Retiro AFP: ¿cuál es el LINK para registrar tu solicitud?
Según el reglamento de retiro AFP publicado por la SBS, aquellos afiliados que presenten sus solicitudes el 20 de mayo podrán acceder a su dinero a partir del 14 de junio. Si quieres conocer todos los pasos para hacer efectivo este pedido, lee lo siguiente:
- Mira la fecha en la que puedes ingresar al link de registro de solicitud, de acuerdo con el último dígito de tu DNI.
- Dale clic a este LINK: www.solicitaretiroafp.pe, que estará habilitado en los próximos días.
- Completa el formulario con todos tus datos personales, número de cuenta, teléfono, entre otros.
- Revisa que toda la información esté registrada de forma correcta y procede con tu solicitud.
¿Qué significa que tu fondo de AFP sea intangible?
La normativa vigente estipula que los fondos del AFP que serán retirados mantienen su condición de intangibles. Esto significa que no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier otra forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa.