Gobierno anuncia aumento de aguinaldo a S/500 este mes
Propuesta. Iniciativa cuenta con la anuencia del Ministerio de Economía. Incremento lo recibirían los estatales de la 276, personal de las Fuerzas Armadas y Policía, entre otros.
La presidenta Dina Boluarte anunció el domingo que, este año, el Poder Ejecutivo incrementará de S/300 a S/500 el aguinaldo que reciben por fin de año los trabajadores del sector público.
“Para que por lo menos esta Navidad pasen bien mis hermanos y hermanas, vamos a dar un aguinaldo más de los S/300 que se daba toda la vida. De S/500 será el aguinaldo a los que están en planilla (del Estado) y reciben su aguinaldo cada Navidad”, dijo la mandataria.
Señaló que el tema fue coordinado con el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras. Esta versión fue confirmada por el despacho de jirón Junín.
De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 283-2022-EF, el aguinaldo de Navidad se abonará por única vez junto con la planilla de pagos de diciembre. Este depende del cronograma de pagos que establece el MEF, explicó el abogado laboralista Ricardo Herrera.
La gratificación trunca se paga a los trabajadores que cesaron sus labores y prestaron servicios al menos un mes completo. Foto: La República
También se prevé un procedimiento en caso de que este pago se haya efectuado antes del anuncio de Boluarte. “Suele ocurrir —aunque no es necesario— que el aguinaldo se paga antes de la quincena. De este modo, si se pagó antes de que la presidenta dijera que subirá de S/300 a S/500, habría que pagar un reintegro de S/ 200″, sostuvo Herrera.
No obstante, según el laboralista César Puntriano, la propuesta sería técnicamente inviable debido a que cada año el monto de este beneficio se fija en la Ley de Presupuesto Público y, en la norma correspondiente al año 2022, el monto establecido es de S/300.
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“Si está pensando en subir el aguinaldo, tendría que emitirse una norma con rango de ley (…); por decreto supremo no se puede realizar el aumento”, explicó.
Datos
Norma. El aguinaldo se entrega a servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del DL N.º 276, Ley N.º 29944 y Ley N.º 30512, y docentes universitarios a los que se refiere la Ley N.º 30220.
Alcance. También lo recibe el personal de salud dentro del DL N.º 1153, así como obreros permanentes y eventuales del sector público.