Repartidores de delivery: ¿cuáles son sus condiciones laborales y qué les espera?
En la siguiente nota, te contamos sobre la situación actual de las personas que realizan actividades de delivery. Asimismo, acerca del avance en los proyectos de ley que buscan mejorar la situación en dicho sector.
Todos los días miles de peruanos usan aplicativos de delivery, como Pedidos Ya o Rappi, para hacer entregas o para comprar en restaurantes o tiendas sin tener que moverse de sus hogares. Estos servicios durante la pandemia de la COVID-19 también representaron para muchos una oportunidad para generar ingresos o una posibilidad de continuar con las ventas.
No obstante, pese al incremento del uso de las plataformas de delivery en el Perú—según el INEI alrededor 46.000 personas trabajan como repartidores (el 1,1% de la Población Económicamente Activa)—, los derechos laborales en este sector son casi nulos y las condiciones altamente precarias.
En la siguiente nota, te contamos más detalles sobre las características de este tipo de empleo, los avances en los proyectos de ley y la ausencia de regulaciones por parte del Estado que afectan también a los usuarios.
¿Qué derechos tienen los trabajadores de delivery?
La investigación realizada por el Observatorio de Plataformas Perú, durante los años 2019 y 2020, concluye que las características del trabajo en este sector responden a condiciones precarias y casi informales.
Esto, debido a que los repartidores trabajan más de 8 horas diarias —alrededor de 12, 13 o 14 horas—y sus ingresos semanales, y mensuales, dependen de la cantidad de repartos que puedan realizar en el tiempo que estén conectados.
Incluso, se podría calificar como un trabajo a destajo, es decir, cuando un empleado recibe una tarifa fija por completar una tarea, independientemente del tiempo invertido. Además, los sueldos que perciben son menores al mínimo en el Perú.
“Lo que ellos puedan obtener a fin de mes oscila, según lo que calculamos en el 2019, entre los S/ 1.200 y S/ 1.400. Ese ingreso mensual va a depender del tiempo empleado y de la calificación del consumidor y de la plataforma. Mientras tengas una calificación mayor, vas a poder acceder a más pedidos”, explicó Alejandra Dinegro, directora del Observatorio de Plataformas Perú.
“De los ingresos obtenidos, el repartidor debe asumir todos los gastos, como combustible, SOAT, pagos administrativos, celular, paquete de datos y, muchas veces, se debe hacer cargo de la canasta básica familiar. Entonces si le quitan todos estos gastos, estas personas ganan por debajo del sueldo mínimo”, explicó Dinegro a La República.
Es importante señalar que, actualmente, en el Perú no existen datos públicos sobre las condiciones laborales de los repartidores de delivery, las cifras que se tienen son producto de esfuerzos independientes e investigaciones privadas.
Asimismo, las plataformas digitales tampoco tienen la obligación legal o administrativa de brindar información sobre las ciudades en las que opera, su número de trabajadores o qué usuarios la usan. Esto también representaría un grave vacío legal que afecta a los clientes.
“En efecto, hay casos reales en que los usuarios han estado en riesgo, han sido dopados, ultrajados, les han robado, entre otros aspectos, pero el aplicativo—tanto de delivery como de taxis—no asume ninguna responsabilidad porque en sus términos y condiciones ellos apelan a que son solo una plataforma intermediaria, (por tanto), el usuario y la persona que realiza el servicio son responsables de lo que pueda suceder en el cumplimiento de esta actividad. Esto también es bastante peligroso, es un agujero negro de desprotección para el usuario que Indecopi debería regular”, detalló la especialista.
Precariedad laboral
Por su parte, Enrique Fernández-Maldonado, miembro del Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos-Perú Equidad, coincidió en que las condiciones laborales son altamente inestables e inseguras. Esto estaría relacionado con el tipo de contrato que tienen los empleados de este sector.
“Para las empresas de los aplicativos, el vínculo con sus trabajadores es de locación de servicios, no laboral. Y con ello quieren esconder que, a pesar que no cumplen una jornada laboral regular, hay relación de subordinación y sujeción a las condiciones contractuales que les imponen las empresas. A esto hay que sumarle que no están sindicalizados, por tanto, no pueden negociar sus condiciones de trabajo”, indicó a este medio.
En esa línea, Alejandra Dinegro señaló que, en términos de condiciones laborales, se pueden calificar como semi-formales porque cada repartidor o conductor paga impuestos a la Sunat. Y, a su vez, también como semi-informales, ya que están fuera de cualquier marco regulatorio. Esto, desde el punto de vista laboral.
“El Estado no los reconoce como trabajadores y esa es una situación complicada porque, cuando van a Sunafil a presentar una denuncia, no los van a considerar como trabajadores (...)Podríamos hablar de una situación de tercerización”, agregó.
REPARTIDORES DE DELIVERY
La pandemia agravó la situación
Durante la pandemia por la COVID-19, las aplicaciones digitales de delivery tuvieron un crecimiento de hasta del 250%, según datos de Touch Task, empresa de gestión de recursos humanos, marketing y ventas. Para muchas personas, que vieron su economía afectada a consecuencia de la cuarentena, significó una fuente de ingresos. Sin embargo, las condiciones laborales de los repartidores no mejoraron. Al contrario: se evidenció los graves problemas e irregularidades de este sistema.
“El servicio de delivery se convirtió en una especie de seguro de desempleo, fue una actividad esencial, pero no fue considerada para ningún tipo de protección y en la pandemia aumentó el número de personas que se dedicaba a esta actividad. Como no son considerados como trabajadores, no tienen acceso a una CTS ni un fondo pensionario o un contrato que le pueda dar estabilidad. Además, no pueden ser sujetos de crédito, no se les emite alguna constancia de trabajo”, detalló Dinegro.
¿En qué quedaron los proyectos de ley planteados y qué retos siguen?
Del 2000 al 2021 se han presentado en total 17 proyectos de ley que han buscado regular las plataformas y a los trabajadores, según la investigación del Observatorio de Plataformas. Entre estos, uno de los más resaltantes fue el que planteó la excongresista Indira Huilca en el 2018. Dicha medida tenía como objetivo brindar seguridad a las usuarias mujeres de plataformas de movilidad (Proyecto de Ley N.° 3456/2018-CR).
Asimismo, el Frepap también presentó el proyecto de ley N.°07567/2020-CR, que buscaba garantizar las condiciones mínimas laborales para los trabajadores de plataformas digitales. Este fue debatido en el Congreso, pero no logró aprobarse para una segunda votación.
Actualmente, existe el proyecto ley N.° 018/2021- CR, propuesto por la actual congresista y parte de la Comisión de Trabajo, Susel Paredes. Entre sus objetivos está crear un nexo laboral entre los repartidores y las empresas de aplicativos. No obstante, hasta el momento, no es parte de la agenda del Parlamento.
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¿Qué se puede hacer ante este escenario? La investigadora Dinegro nos indicó que hay algunos aspectos que pueden tomarse en cuenta para dar unos primeros pasos.
“Se puede regular en materia de salud y seguridad en el trabajo, combatir la discriminación, los derechos de los usuarios, dar acceso a seguros de salud. Para estos temas, ya tenemos normativas, instituciones y mecanismos. Sobre esos puntos se puede trabajar y dejar para más adelante la discusión de fondo sobre si las personas entre comillas independientes tienen también derechos laborales”, señaló Alejandra Dinegro.
“Es responsabilidad del Estado velar para que las condiciones de empleo de cualquier trabajador de cualquier rubro en nuestro país sean dignas, ese el rol del Estado peruano y no lo está cumpliendo en ese aspecto”, concluyó.