Bono alimentario: MEF transfirió más de S/ 1.171 millones al Midis para pago del subsidio

Ministerio de Economía autorizó la transferencia de recursos para que se pueda financiar el otorgamiento del bono alimentario de S/ 270 a los más de 4 millones de peruanos en esta segunda etapa.

El bono alimentario 2022 se hizo oficial mediante la Ley 31538 y busca apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad. Foto: Midis
El bono alimentario 2022 se hizo oficial mediante la Ley 31538 y busca apoyar a las familias en situación de vulnerabilidad. Foto: Midis

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el lunes 17 de octubre el decreto supremo que autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto público 2022 para que se pueda financiar la segunda etapa del pago del bono alimentario de S/ 270 a los más de 4 millones de ciudadanos en situación de vulnerabilidad.

De acuerdo al dispositivo legal, se transferirán S/ 1.171 millones 767.910 al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) para financiar el otorgamiento del subsidio monetario individual.

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Esta transferencia se da en el marco de la ley 31538, la cual aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas, así como los gastos de operatividad, estrategia de comunicaciones, plataforma de comunicaciones, desarrollo de la plataforma web e implementación de canales de atención de la intervención en su conjunto, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF.

Finalmente, el Decreto Supremo precisa que “los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos”.

¿Quiénes se beneficiarán del Bono Alimentario?

De acuerdo al MIDIS, el bono alimentario de S/ 270 está dirigido hacia los ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema, según al Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares.

Además, quedan excluidos aquellos que figuran en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.

Bono alimentario

Foto: Archivo LR / Composición Fabrizio Oviedo

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