Proponen que el BCRP compre deudas de créditos hipotecarios de hasta S/ 700.000

Proyecto de ley busca beneficiar a personas naturales y mypes afectadas por la cuarentena y estado de emergencia por la COVID-19.

Puede incluir créditos hipotecarios para vivienda, créditos Mivivienda, créditos comerciales con garantía hipotecaria, entre otros. Foto: Andina
Puede incluir créditos hipotecarios para vivienda, créditos Mivivienda, créditos comerciales con garantía hipotecaria, entre otros. Foto: Andina

El congresista Wilson Rusbel Quispe de la bancada de Perú Libre presentó un proyecto de ley que plantea medidas para la compra y reprogramación de deudas por parte del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP).

La propuesta incluye a deudas que mantienen las personas naturales y mypes afectadas por la cuarentena y estado de emergencia por la COVID-19, las mismas que no hayan sido beneficiadas por algún programa reactivación económica.

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Así, establece que la compra y reprogramación de deudas incluye las obligaciones crediticias con las Empresas del Sistema Financiero (ESF), siempre que, al 29 de febrero de 2020, los beneficiarios registren, según lo indicado en la Resolución 11356-2008-SBS, una calificación de riesgo normal o con problema potencial, en los siguientes créditos:

  • Créditos con Garantía Hipotecaria. Cualquier tipo de crédito hasta por S/ 700.000 puede incluir créditos hipotecarios para vivienda, créditos Mivivienda, créditos comerciales con garantía hipotecaria, créditos personales con garantía hipotecarias, entre otros créditos con garantía hipotecaria. Solo se debe considerar una hipoteca por persona natural o jurídica.
  • Créditos personales, tarjeta de crédito, consumo, vehiculares, microempresa y pequeña empresa hasta S/ 120.000.

Además, precisa que los montos límite señalados, son aquellos que correspondan al capital adeudado al 29 de febrero de 2020. Es decir, los intereses compensatorios o moratorios u otros costos posteriores, no entran al cómputo de los límites señalados.

Finalmente, destaca que no podrán acogerse al beneficio quienes ya participen o hayan participado de los programas Reactiva Perú, FAE-MYPE, FAE-TURISMO, FAE-AGRO, Programa Garantías COVID-19, entre otros programas del estado.

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