Ejecutivo publica decreto para que coimas no puedan ser deducibles del IR
Empresas que pagaron millonarias coimas en nuestro país ya no podrán declararlas como si fueran costos, con el objetivo de pagar menos Impuesto a la Renta.
El gobierno del presidente Pedro Castillo publicó el Decreto Legislativo Nº 1522, que modifica la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de establecer de forma expresa que los pagos por cohecho en sus distintas modalidades no son deducibles como costo ni como gasto para determinar este impuesto.
Ello, en línea con las recomendaciones formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de los Estados Americanos (OEA) con motivo de las evaluaciones realizadas para verificar el cumplimiento de los tratados internacionales en materia de anticorrupción suscritos por el Perú.
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De esta manera, el decreto incorpora la quincuagésimo cuarta disposición transitoria y final a la Ley del Impuesto a la Renta, referida a la “No deducibilidad de los pagos por cohecho”, conforme al siguiente texto:
“De conformidad con lo previsto en los artículos 20, 37 y 51-A de la Ley, no constituyen costo o gasto deducible para efectos de determinar el Impuesto a la Renta las erogaciones descritas en los tipos penales de los delitos de cohecho en sus distintas modalidades regulados en el Código Penal o en leyes penales especiales”, refiere el documento.
El documento lleva las firmas del presidente Pedro Castillo, la titular del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, y el ministro de Economía y Finanzas, Pedro Francke.
MEF: coimas no podrán ser deducibles
En octubre pasado, Francke ya había adelantado que, entre las facultades tributarias que pedía al Congreso de la República, y que se le dieron parcialmente, se encontraba la eliminación la figura que permite a las empresas infractoras deducir el pago de sus coimas como si fueran costos de la empresa, a fin de tributar menos Impuesto a la Renta (IR).
“Un tema que nos parece a nosotros en materia de recaudación, pero sí es importante para el Perú, es el tema de la corrupción. A mi, personalmente, me indigna que, habiendo visto como se han pagado coimas millonarias en nuestro país, resulta que estas empresas deducen estas coimas como si fueran costos de la empresa, y gracias a eso pagan menos IR”, expresó en aquella ocasión.
Francke Ballvé explicó que, a raíz de este vacío en la ley peruana, “el 30% de las coimas las pagamos todos los peruanos con peores servicios”. En este sentido, recordó que Odebrecht sigue siendo investigada por declarar este tipo de servicios, cuya existencia nunca se llegó a comprobar.
“No soy experto en temas de corrupción, pero todos hemos hablado de empresas como Odebrecht, que pagaba servicios financieros que, realmente, no se han constatado que hayan existido a determinados personajes de la política nacional que hoy están con detención preventiva o acusaciones constitucionales. Sabemos que eso es lo que ha pasado”, apuntó el titular del MEF.
¿Qué es cohecho?
El delito de cohecho consiste en solicitar, ofrecer o aceptar regalos, favores o retribuciones a un funcionario público para que cometa una infracción administrativa en el ejercicio de su cargo.