Imponen derechos antidumping a cremalleras provenientes de China
Resolución del Indecopi precisa que la medida es temporal y se aplicará por seis meses.
Desde este 15 de julio regirá los derechos antidumping provisionales sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes provenientes de China, por un periodo de seis meses, impuestos por el Indecopi a través de una resolución publicada hoy.
La comisión de dumping, subsidios y eliminación de barreras comerciales no arancelarias del Indecopi tomó esta decisión tras la solicitud presentada por la empresa productora nacional Corporación Rey S.A., que proporcionó indicios razonables sobre la existencia de una presunta práctica de dumping en las importaciones de cierres de cremallera chinas, así como del daño a la producción nacional.
Según un primer informe, la evolución del volumen de las importaciones experimentaron un incremento acumulado significativo en términos relativos a la producción de la RPN. En términos absolutos, durante el periodo de análisis (enero de 2017 – junio de 2020), las importaciones de cierres y sus partes de origen chino experimentaron una reducción acumulada de 9,4%, en un contexto en el cual tales importaciones estuvieron sujetas al pago de derechos antidumping. Sin embargo, luego que en julio de 2019 se suprimieron tales medidas, las importaciones registró un incremento de 131,5% entre 2018 y 2019, y en el primer semestre de 2020, el volumen de las importaciones alcanzó un nivel 60,3 veces superior al registrado en similar semestre del año 2019.
Asimismo, se apreció que las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarias de China ingresaron al mercado nacional con un nivel de subvaloración promedio de 63,4% respecto al precio de venta de la producción nacional. En cuanto al factor de crecimiento, se ha observado que, durante el periodo de análisis, los indicadores económicos y financieros relevantes de la producción nacional han experimentado un desempeño negativo, como es el caso de la producción(-52,1%), las ventas internas (-25,5%), la participación de mercado (-5,8 puntos porcentuales), la productividad (-46,9%) y el margen de utilidad unitario (-20 %).