Promulgada la ley del retiro de 25% de los fondos de pensiones, ¿qué sigue?
Proceso. SBS debe establecer procedimiento operativo para este desembolso.
La mañana de este jueves, en el Congreso se apreció que la Mesa Directiva firmó la autógrafa para que los afiliados a las AFP puedan solicitar el retiro del 25% de su fondo de pensiones. Un acto de promulgación ante el silencio del Poder Ejecutivo, que no observó la norma dentro del plazo establecido.
Pese a la promulgación de la ley, este futuro retiro aún no se puede solicitar de manera inmediata: faltan aspectos que realizar.
El trámite
Promulgada la norma, hecho por el Parlamento, esta fue enviada en la mañana al Poder Ejecutivo, para su posterior publicación en El Peruano. De acuerdo al constitucionalista Omar Cairo, esto es “obligatorio e inmediato”, estimando que la ley debería aparecer como máximo en la edición del día siguiente del diario oficial, es decir, el viernes.
“Si pasa de mañana (viernes), se empezaría a ver como una conducta tendiente a evitar que una norma válida y promulgada surta efecto”, señala Cairo Roldán.
Como señala la norma legislativa, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) debe determinar el procedimiento operativo en un plazo de 15 días calendario desde que se publicó la ley. Como señala Kurt Burneo, profesor de Centrum Católica, esta reglamentación “hace precisiones” sobre la norma. “No es tan evidente que quienes sacaron los 2 mil soles van a poder retirar el resto”, explica como ejemplo.
Para los casos anteriores de retiro de dinero del fondo de pensiones, el procedimiento estableció una plataforma para el registro de solicitudes en las cuatro AFP y los distintos bancos acordados a poder dar el depósito.
Asimismo, indica la ley que el beneficiario puede hacer la solicitud en un plazo de 60 días tras la publicación del instructivo. Sería entre mayo a julio. En este tiempo, la Asociación de AFP y las cuatro administradoras deben establecer el cronograma para recepcionar los pedidos de los afiliados beneficiarios.
El retiro
Los afiliados pueden solicitar disponer del 25% de sus fondos acumulados, con límites de entre 4 mil 300 soles (1 UIT) a 12 mil 900 soles (3 UIT). Anteriormente, el Parlamento explicó que los montos que podrán retirar los beneficiados:
Si tu fondo varía entre 4 mil 300 soles hasta los 17 mil 199 soles, puedes retirar como mínimo 1 UIT. Si el fondo tiene entre 17 mil 200 soles hasta 51 mil 199 soles, se permite solicitar el 25%. Y quienes cuentan con un fondo de 51 mil 600 soles a más, podrán pedir un desembolso de hasta 3 UIT.
Los pagos se darán en dos armadas de 50%: la primera será dentro de un plazo máximo de 10 días de presentada la solicitud y la segunda después de 30 días del primer depósito.
Solo quienes tienen un fondo menor a los 4 mil 300 soles podrán solicitar retirar el 100% de su fondo, a ser entregado hasta los 10 días del pedido.