Economía

Más de 84 mil trabajadores en proceso de ser suspendidos

Sin sueldo. Las empresas tendrán que agotar ciertas medidas, como el adelanto de vacaciones, antes de acogerse a la suspensión perfecta. Y antes deberán informar a los sindicatos.

Espalda financiera. Se conoció que empresas pertenecientes a grandes grupos económicos ya solicitaron acogerse a la suspensión perfecta de labores.
Espalda financiera. Se conoció que empresas pertenecientes a grandes grupos económicos ya solicitaron acogerse a la suspensión perfecta de labores.

Más de 84 mil trabajadores están camino a ser suspendidos por sus empleadores, según informó el el viceministro de Trabajo, Juan Carlos Requejo.

“Hasta la fecha hay 7.124 empresas que han solicitado aplicar la suspensión perfecta de labores. De este total, 5.326 son microempresas, 1.514 son pequeñas empresas y 284 son medianas y grandes empresas. A su vez, son 84.345 trabajadores que quedarían suspendidos”, detalló Requejo.

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Por actividad, hoteles, comercios, inmobiliarias, manufactureras y transportes son los sectores con más solicitudes.

Cabe precisar que la suspensión perfecta de labores no se aplicará en primera instancia, sino que antes de acogerse a esta modalidad, las empresas tendrán que agotar otras medidas como el adelanto de vacaciones y la reducción de salarios, según el reglamento aprobado por Decreto de Urgencia.

Última salida

La primera medida a aplicar, antes de la suspensión perfecta, es el adelanto de vacaciones, la cual debe ser acordada entre la empresa y el trabajador. Una segunda opción es la reducción de la jornada laboral diaria o semanal, lo que implica la reducción proporcional del salario, el cual no debe estar por debajo de la Remuneración Mínima Vital.

Asimismo, estas medidas deben informarse previamente a los sindicatos o representantes de los trabajadores.

Christian Sánchez, exministro de Trabajo, sostuvo que ahora ya no se trata de acuerdos individuales, sino de llegar a pactos con los sindicatos y los representantes de los trabajadores. Y es en este último punto que el experto se detuvo para señalar que la tasa de afiliación sindical apenas llega al 6% en el sector privado. “Seis de cada diez están sindicalizados”, expresó.

Por su parte, el laboralista Germán Lora consideró que esta norma en vez de alentar a las empresas a aplicar la suspensión perfecta, genera todo lo contrario porque reúne más requisitos para que estas accedan a dicha modalidad, lo que las podría imposibilitar de hacerlo.

Al respecto, Víctor Gómez, secretario de Defensa y Disciplina del Sindicato Único de Inspectores de Trabajo de la Sunafil, indicó que se debe privilegiar y acreditarse el acuerdo con el trabajador. “Los abusos continuarán y empresas con respaldo económico suficiente se querrán acoger a esta figura”.

¿Y las empresas con beneficios?

Como se recuerda, la ministra Cáceres señaló en su momento que sería un “sinsentido” que una empresa que se acoja a los beneficios del Estado solicite la suspensión perfecta. Sin embargo, en el reglamento solo se expresa que se evaluará la información del empleador sobre el acceso y destino de los subsidios de origen público.

Al respecto, Sánchez señaló que en estos días hubo una crítica muy acertada sobre los conglomerados empresariales que se vienen acogiendo a esta medida. Lo cual sucede porque, según el especialista, en la norma no se establece la exclusión de los conglomerados, así como empresas con espalda financiera que acreditan utilidades y reportan en bolsa.

Multas de hasta S/ 43 mil

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) detalló que las empresas que brinden información falsa o actúe en fraude a la ley para solicitar la suspensión perfecta de labores serán multadas con entre 5 UIT (S/ 21.500) y 10 UIT (S/ 43.000).

Esto implica dejar sin efecto la suspensión perfecta de labores y que se proceda al pago de las remuneraciones dejadas de percibir por los trabajadores durante el período de la indebida suspensión, en un plazo no mayor de 48 horas.

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