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Economía

Estado de Emergencia: 8 cosas que debes saber sobre tus derechos laborales

Todo trabajador y empleador deben saber sobre los derechos laborales bajo el actual contexto.

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La declaratoria de Estado de Emergencia por 15 días ha generado una serie de dudas e incertidumbres acerca de los derechos laborales de los trabajadores peruanos. Incluso, algunos empleadores han incurrido en prácticas que no corresponden con lo establecido por la normativa.

En este contexto, el socio de Aguirre Abogados y Asesores, Walter Aguirre, aclara en 8 puntos que todo trabajador y empleador deben saber sobre los derechos laborales bajo el actual contexto.

1· ¿Qué hacer si la empresa me pide adelantar vacaciones durante estos 15 días?

Obligar a un trabajador a hacer uso de sus vacaciones durante este periodo es una medida ilegal. De acuerdo a la norma, debe proceder en principio el trabajo remoto o la licencia con goce de haber sujeta a una compensación posterior.

2. ¿Qué puedo hacer si la empresa me despide por tener coronavirus?

El especialista explica que, en este contexto, los trabajadores tendrán que realizar denuncias laborales de manera telefónica al 0800-16872 o de manera virtual, ingresando a la página de la Sunafil, a través de la opción ‘Denuncia Virtual’ donde se podrá registrar toda la información necesaria.

Asimismo, aconseja que cuando la situación se regularice y se levante el Estado de Emergencia, el trabajador podrá cuestionar el despido en sede judicial, donde fácilmente obtendría un fallo a su favor.

3. ¿La empresa tiene que remunerarme si estoy de baja por coronavirus o al cuidado de un familiar infectado?

Aguirre señala que la empresa debe remunerar al trabajador los primeros 20 días y, después, este pago le correspondería a Essalud. Sin embargo, debido a las normas recientes de prevención, Essalud asumirá, en el caso de trabajadores que ganen menos de 2,400 soles, el subsidio por incapacidad temporal por los primeros 20 días.

Además, el Gobierno ordenó como medida extraordinaria el pago de un bono de 380 soles a familias vulnerables que se entregaría desde este jueves. El cálculo fue realizado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

4· ¿Seré remunerado si la empresa en la que laboro cierra durante estos días?

Sí, pero en este caso la norma establece que las horas de trabajo deben ser compensadas. Sin embargo, el empleador también tiene la potestad de exonerar la devolución de horas. Cabe recordar que, de darse la recuperación, esta debe hacerse sin infringir la jornada de 8 horas laborales.

5. ¿Qué hacer ante un despido arbitrario durante este contexto?

El único medio habilitado y seguro durante estos 15 días es la línea gratuita de atención de la Sunafil 0800-16872 y su página web, desde donde se podrá realizar las denuncias respectivas para que el inspector acuda al centro de trabajo en cuestión.

Igual, vencido el plazo de cuarentena podrá iniciar cualquier acción legal de defensa, ya que durante estos 15 días de aislamiento obligatorio todos los plazos están suspendidos.

6. ¿Con qué medios deben contar las empresas para proteger al personal que seguirá acudiendo al centro de trabajo?

La empresa debe cumplir con la guía de trabajo que dio el Ministerio de Trabajo “Guía para la Prevención del Coronavirus en el Ámbito Laboral Resolución Ministerial No.055-2020-TR”, además de acatar las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo que también son aplicables.

Entre las medidas más relevantes se encuentran poner a disposición de los trabajadores el material higiénico apropiado y suficiente, adoptar los protocolos de limpieza que resulten necesarios y promover las prácticas saludables difundidas por el Ministerio de Salud en la empresa.

Mantener los ambientes ventilados y promover la distancia mínima de un metro son medidas básicas que se deben cumplir dentro de los establecimientos laborales.

7. ¿Qué pasa si la empresa expone la identidad de uno de los empleados contagiados?

“Si se realiza esta revelación estaríamos ante un quebrantamiento expreso de la Ley de Protección de Datos Personales y, como consecuencia, la empresa tendría una multa de hasta 215 mil soles (50 UIT)”, precisó Aguirre.

8. ¿La empresa está obligada a informar a los trabajadores si conoce del contagio de uno de sus colaboradores?

El abogado informa que en concordancia con las normas dictadas por el Ministerio de Trabajo y del Ministerio de Salud es necesario informar de cualquier tipo de riesgo al que estén expuestos los trabajadores, incluyendo realizar mediciones de temperatura u otras medidas de prevención médica, de lo contrario se estaría infringiendo la ley exponiendo a los trabajadores.

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