Minagri estableció medidas para el fortalecimiento del Senasa
En las funciones de supervisión, fiscalización y sanción con el fin de contribuir en la competitividad de productores agrarios con la mejora de calidad de productos.
El Gobierno aprobó el reglamento que fortalece las competencias, las funciones de supervisión, fiscalización, sanción y rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa).
Esta entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) se encarga de la supervisión de la sanidad agraria, inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario, así como la fiscalización de la producción orgánica.
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El Decreto Supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano busca contribuir en la competitividad de los productores agrarios nacionales, incrementando su productividad, mejorando la calidad de sus productos y la sostenibilidad de la agricultura.
“El Senasa reforzará su labor en la prevención, corrigiendo conductas o actividades que arriesguen la vida, salud de las personas y animales, asimismo preservará los vegetales y la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario para consumo humano y piensos, nacionales e internacionales”, señaló el Minagri.
Es así que el Senasa está facultado para realizar comisos, retorno, inmovilización, cuarentena, retención, reembarque, rechazo, retiro del mercado, incautación, incineración, destrucción, sacrificio, suspender actividades, cancelar registros, cierre o clausura temporal o definitiva, según corresponda a cada actividad.
Asimismo, se le confiere las funciones técnicas y administrativas como Autoridad en Semillas para normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la producción, certificación y comercialización de semillas de buena calidad.
Sanidad Agraria
Se establece que el ente rector de la sanidad agraria es el Senasa, el cual administrará los sistemas de cuarentena, vigilancia, insumos agrarios y de diagnóstico.
Asimismo, ejerce como autoridad nacional en materia de:
- Registro y control de plaguicidas de uso agrícola.
- Registro, control, comercialización y uso de productos de uso veterinario y alimentos para animales (mascotas).
- Registro, control y fiscalización de los fertilizantes y sustancias afines en todas las fases de su ciclo de vida.
- Normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la producción, certificación y comercialización de semillas y ejecutar las funciones técnicas y administrativas contenidas en la Ley General de Semillas y sus normas reglamentarias.
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Sobre la Inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos, fortalece la competencia exclusiva al Senasa en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario, destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera.
Mientras que respecto a la fiscalización de la producción orgánica ejerce la rectoría en acciones de fiscalización y sanción, así como la autoridad en certificación de la producción orgánica.
Asimismo, la norma establece que los inspectores del Senasa realizarán la actividad administrativa de fiscalización en el marco de su competencia.
“Con la finalidad de prevenir, revertir o disminuir los efectos negativos de una determinada conducta que afecta la preservación de los vegetales, la salud animal, la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos, los insumos agrarios y la producción orgánica; el SENASA puede ejecutar de oficio las medidas administrativas”, detalla el decreto.
Los costos de esa ejecución son asumidos por el administrado y son determinados en la resolución que ponga fin al procedimiento administrativo sancionador por el incumplimiento de la medida administrativa