
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) del Ministerio de Salud impuso una sanción administrativa a la Clínica Delgado-Auna, con una multa de más de S/668.750, tras filtrar información sobre la salud de la cantante Shakira Isabel Mebarak Ripoll. En ese sentido, Juan Ñahue, especialista en Protección al consumidor y fundador de Dosis Legal, detalló a La República que en el caso Shakira se violó la Ley General de Salud.
"Lo que ha ocurrido aquí son infracciones por parte de la clínica Delgado-Auna, por ello Susalud ha determinado que en efecto hubo una vulneración de derechos establecidos en la Ley General de Salud. A su vez, esa situación vulneró el reglamento de infracciones y sanciones de la entidad, que específicamente señala que exhibir o difundir imágenes del asegurado o de la información relacionada con su enfermedad en contravención a la normativa vigente", dijo Ñahue.
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Según Ñahue, la Superintendencia Nacional de Salud actuó de manera correcta al sancionar a la Clínica Delgado-Auna y que la multa interpuesta es totalmente válida. "En el presente caso, hay que tener en cuenta que la sanción impuesta ha sido por Susalud. Ellos tienen competencia para poder salvaguardar los derechos de los usuarios en materia de salud", declaró el abogado.
En ese sentido, la entidad del Minsa determinó que existe responsabilidad en relación con la filtración de datos por parte de la clínica Delgado. Por ello, indica que, tras lo acontecido, se ha notificado la resolución en primera instancia que impone este multa.
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Ñahu, especialista en Protección al consumidor, manifestó que en este caso se estarían vulnerando los derechos que forman parte del artículo número 25 de la Ley General de Salud Nº 26842, la cual establece que "el profesional de la salud, el técnico o el auxiliar que proporciona o divulga, por cualquier medio, información relacionada con el acto médico en el que participa o del que tiene conocimiento, incurre en responsabilidad civil o penal, según el caso, sin perjuicio de las sanciones que correspondan en aplicación de los respectivos Códigos de Ética Profesional".
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Ñahue precisó que tras lo sucedido con el caso Shakira diversas personas van a desconfiar de la privacidad que implica reservar los datos confidenciales del estado de salud de los pacientes en los establecimientos sanitarios en el Perú.
"Van a desconfiar porque se tiene que tener en consideración que por parte del personal de salud se encuentran obligados a aguardar la confidencialidad de esta información, a guardar la confidencialidad del contenido de la historia clínica de sus pacientes, sin importar aspectos como la fama o el reconocimiento que la persona pueda tener", sentenció.
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