
En el Perú, siempre se ha dado el debate sobre la modificación del orden de los apellidos en el Documento Nacional de Identidad (DNI). Esta discusión se intensificó después de que el Tribunal Constitucional (TC) dictara, en 2021, una sentencia que permite a los padres decidir el orden de los apellidos de sus hijos, dando prioridad al apellido materno si así lo desean. No obstante, este cambio no es automático ni obligatorio, sino que solo se aplica en circunstancias específicas.
Tras dicho fallo, que corresponde al N.º 02970-2019-HC, los padres peruanos tienen la opción de elegir si colocan primero el apellido materno o el paterno, de acuerdo con una interpretación del artículo 20 del Código Civil. Esta decisión fue tomada con el objetivo de garantizar la igualdad de género y eliminar la tradicional preferencia por el apellido paterno, que históricamente ha sido visto como un reflejo de los estereotipos de género y ha generado discriminación hacia las mujeres.
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Para registrar a un recién nacido con el apellido materno en primer lugar, los padres deben seguir un procedimiento judicial. Según el artículo 29 del Código Civil, no se puede cambiar el orden de los apellidos sin una justificación válida. Por lo tanto, deben presentar una demanda judicial argumentando las razones que motivan esta decisión. En situaciones en las que los padres no están de acuerdo, existen propuestas de ley que sugieren realizar un sorteo supervisado por un registrador de Reniec para garantizar la imparcialidad del proceso.
La abogada Mayda Mendoza, experta en derecho de familia, explicó que esta sentencia tiene un impacto directo en la equidad familiar, permitiendo que ambos apellidos tengan la misma relevancia. "El Tribunal Constitucional dejó claro que no hay preferencia entre los apellidos, lo que otorga a los padres la libertad de decidir, de mutuo acuerdo, cuál apellido irá primero", señaló Mendoza.
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es obligatorio para todos los ciudadanos peruanos. Foto: Andina
En cuanto a la posibilidad de modificar el orden de los apellidos una vez alcanzada la mayoría de edad, Mendoza aclaró que también es necesario presentar una demanda judicial con una justificación válida, como el abandono o la falta de vínculo con el progenitor que otorgó el apellido, o en situaciones de violencia familiar.
Finalmente, la abogada destacó que, aunque el orden de los apellidos pueda ser un tema sensible, este cambio no afecta el cumplimiento de las responsabilidades parentales. "El padre, independientemente del orden de los apellidos, sigue siendo responsable de sus deberes como progenitor", concluyó Mendoza.
En el Perú, el costo para cambiar un nombre o apellido en el DNI (Documento Nacional de Identidad) es de S/ 24.00 para el DNI azul (adultos) y S/ 16.00 para el DNI amarillo (menores de 17 años). Para el DNI electrónico, el costo es de S/ 35.00. Las personas con discapacidad pueden realizar el trámite de forma gratuita.

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