Los días feriados y no laborables en Perú son muy esperados por los trabajadores, quienes están a la expectativa de poder tener un nuevo día de descanso. Es importante corroborar en el calendario oficial las disposiciones que se tienen hasta el momento. En esa sentido, el Gobierno peruano ha declarado dos días no laborables a nivel nacional, días antes de la llegada de la Nochebuena.
Como cada año, el 25 de diciembre se celebra la Navidad, por lo que es un día feriado en la cual las personas pueden darse un merecido descanso. Revisa en esta nota qué dispone el calendario oficial del año 2024 y quiénes podrán descansar.
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Según el calendario oficial de feriados del año 2024 del Gobierno del Perú, se establece que el lunes 23 de diciembre y el martes 24 de diciembre serán días no laborables en el país. Esta decisión se toma en consideración del feriado del 25 de diciembre por la celebración de la Navidad.
Durante el 23 y 24 de diciembre, declarados días no laborables en el Perú, todos los trabajadores del sector público tendrán la oportunidad de descansar y disfrutar de este merecido día libre. De igual manera, los trabajadores del sector privado o independientes que lo deseen y conversen con sus empleadores podrán optar por disfrutar de esta fecha no laborable de manera opcional. ¡Es una excelente oportunidad para recargar energías y disfrutar de un merecido descanso!
Durante el 23 y 24 de diciembre, días no laborables en Perú, no se celebra un acontecimiento ni alguna festividad de relevancia nacional. Esta disposición se hace con el objetivo de promover el turismo interno, ya que los días no laborables muchas veces sirven como un puente para crear fechas de descanso prolongado, especialmente cuando están cercanos a un feriado nacional como el 25 de diciembre, fecha de la Navidad.
Feriados:
Días no laborables:
Los días no laborables, destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público, son de gran importancia, ya que se consideran días hábiles. A diferencia de los días feriados, las horas no trabajadas deben ser compensadas en los diez días inmediatos siguientes, o en el momento que determine el responsable de cada entidad pública, según las necesidades específicas que se presenten.
En el sector privado, donde la adhesión a estos días no laborables es de carácter voluntario, corresponderá al empleador y a los trabajadores acordar la forma de recuperar las horas no trabajadas. En caso de falta de acuerdo, la decisión final recaerá en el empleador del centro de trabajo.