El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) estableció nuevas normativas para la infraestructura utilizada en los exámenes de licencia de conducir clase A y B. Estas disposiciones, que se implementarán a partir del 1 de enero de 2025, buscan mejorar las instalaciones en las escuelas de conductores y centros de evaluación.
La Resolución Directoral N° 20-2024-MTC/18, emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, introduce estas modificaciones. La medida se alinea con las directrices establecidas en la Directiva sobre las "Características de la infraestructura cerrada a la circulación vial de las Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación".
Nuevas disposiciones para licencias de conducir. Foto: difusión
El MTC modificó las características que deben cumplir los espacios destinados para la instrucción y evaluación de habilidades en la conducción de vehículos. Esta medida habilita a los gobiernos regionales y municipalidades provinciales, responsables de las licencias A y B, así como a las escuelas de conductores, a implementar circuitos cerrados. La Resolución incluye las siguientes disposiciones:
Además, se incorporan elementos referidos a las señales de tránsito en cumplimiento del Manual de Dispositivos de Control de Tránsito, para que los postulantes puedan conocer la señalización horizontal y vertical vigente y acatarla de manera correcta desde que son instruidos y evaluados. Se incluyen señales informativas y preventivas sobre la proximidad de un cruce de “ciclovía” y sobre la presencia de escolares.
Licencia de conducir Perú. Foto: difusión
Además de las nuevas disposiciones y las señales de tránsito, se establece que las infraestructuras de las escuelas de conductores deberán contar con zonas de maniobras diferenciadas por clase y categorías de licencias de conducir.
Estas modificaciones afectan el acápite III, el numeral 4.2 del acápite IV, así como los acápites VIII y IX de la Directiva N°001-2016-MTC/15. Además, se procede a la derogación de los Anexos N° 1, N° 1-A, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 5-A, N° 6, N° 6-A, N° 7, N° 7-A, N° 8 y N° 8-A de dicha directiva, aprobándose en su lugar una serie de nuevos anexos.
Licencia de conducir. Foto: composición LR/Andina
La nueva medida del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) afecta a tres grupos principales:
La medida les permite establecer circuitos de manejo adaptados a las características y necesidades específicas de cada región del país.
Las dependencias regionales de transporte de los gobiernos regionales y las dependencias provinciales de transporte de las municipalidades provinciales asumen la responsabilidad exclusiva sobre los centros de evaluación.
En este sentido, estas entidades están encargadas de supervisar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en los centros operados por personas jurídicas de derecho privado. Asimismo, se informa que la Sutran fiscalizará el cumplimiento de la medida.
Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales son responsables de cumplir las medidas. Foto: GEC/MTC
Según lo establecido en el Decreto Supremo 007-2016-MTC, los ciudadanos peruanos tienen la posibilidad de solicitar y actualizar su brevete hasta los 80 años de edad. Esta medida se ha implementado con el objetivo de garantizar que los conductores de mayor edad puedan continuar conduciendo, siempre y cuando cumplan con los exámenes médicos requeridos.
Es importante resaltar que, a partir de los 70 años, los conductores deberán renovar su licencia de conducir de forma anual, presentando certificados médicos que certifiquen su capacidad para manejar de manera segura.
Si no apruebas el examen de manejo, puedes programar una nueva prueba siguiendo los procedimientos establecidos por la autoridad de tránsito. Es recomendable practicar más y estudiar el material de examen antes de volver a intentarlo.