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Sociedad

EsSalud indemnizará con S/800.000 a paciente por daños en su órgano reproductor

Un ciudadano de Huancavelica recibió una operación con un análisis previo incorrecto, lo cual derivó a una mala praxis que le dañó su aparato reproductor y, por tanto, le causó un severo perjuicio físico y moral.

larepublica.pe
EsSalud funciona en el Perú desde 1936. Foto: EsSalud

En una reciente resolución judicial, el Seguro Social de Salud (EsSalud) ha sido ordenado a pagar una indemnización de S/800.000 a un paciente debido a daños causados en su órgano reproductor durante una operación. La sentencia, dictada por la Corte Suprema de Justicia, en la casación n.º 1318-2016-Huancavelica, establece que la intervención quirúrgica se realizó sin un diagnóstico adecuado, lo que resultó en un grave perjuicio físico y moral para el afectado.

Operación sin diagnóstico adecuado

El caso se remonta a una cirugía practicada en un hospital de EsSalud, donde el paciente fue sometido a una operación sin un diagnóstico claro. Según el fallo, el procedimiento médico se ejecutó sin las evaluaciones previas necesarias, lo que llevó a un error grave durante la intervención. Esta falta de diligencia médica resultó en el daño irreversible del órgano reproductor del paciente, lo cual afectó gravemente su calidad de vida y bienestar emocional.

Hospital II de Huancavelica pertenece a los centros médicos de EsSalud. Foto: EsSalud

Impacto del daño y fundamentos de la indemnización

El fallo judicial destaca los severos impactos que el daño al órgano reproductor ha tenido en el paciente, como implicaciones físicas, psicológicas y emocionales. Además del daño físico, se reconoció el profundo daño moral sufrido por el paciente, quien ha enfrentado una angustia considerable y una alteración significativa de su vida cotidiana. La Corte Suprema consideró que la negligencia médica no solo afectó la salud del paciente, sino que también tuvo consecuencias en su vida personal y social.

¿Cómo se calculó el monto de indemnización?

Para determinar el monto de S/800.000 en indemnización, la Corte Suprema evaluó varios factores críticos, como se menciona en la resolución. La sentencia establece que se consideró "la magnitud del daño físico permanente en el órgano reproductor del paciente", así como "el sufrimiento y la angustia psicológica derivados de dicha afectación". También se tomó en cuenta "la necesidad de cubrir los gastos médicos y terapias futuras" y "la repercusión en la vida personal y social del afectado". La suma se fijó para asegurar una reparación integral que cubriera tanto los costos directos como las consecuencias emocionales y sociales del daño causado.

Responsabilidad y medidas preventivas en EsSalud

Este caso pone en evidencia la necesidad de una mayor rigurosidad en los procedimientos médicos y diagnósticos en EsSalud. La sentencia enfatiza la responsabilidad del personal de Salud de seguir protocolos estrictos para evitar negligencias que puedan ocasionar daños irreparables a los pacientes. Asimismo, se espera que EsSalud tome medidas preventivas y correctivas para mejorar la calidad de sus servicios y garantizar la seguridad de los pacientes en futuras intervenciones.

La resolución de la casación n.º 1318-2016-Huancavelica representa un precedente importante en el ámbito de la justicia sanitaria en el Perú, además de subrayar la importancia de la responsabilidad médica y la protección de los derechos de los pacientes. Este fallo no solo busca reparar el daño físico y moral causado, sino también enviar un mensaje claro sobre la necesidad de estándares más altos en la atención médica proporcionada por instituciones de salud pública.