Cargando...
Sociedad

Arequipa: confirman la muerte de un hombre durante protestas en Chala

El Ministerio Público indicó que la víctima habría fallecido cuando la PNP intentaba desbloquear las carreteras en la zona de Chala.

larepublica.pe
Reclamo. Aunque a las marchas se han sumado otras demandas, la principal es que se convoque a elecciones generales ya.

En Arequipa, un hombre perdió la vida la tarde de este lunes 19 de diciembre durante los enfrentamientos que ocurrieron cuando la Policía Nacional del Perú (PNP) intentaba desbloquear las pistas en la zona de Chala.

El hecho que fue confirmado por fuentes de la fiscalía de Caravelí se dió aproximadamente en el kilómetro 619 de la Panamericana Sur en el distrito arequipeño

Además, el Seguro Social de Salud (EsSalud) de Chala señaló que también hay un policía herido quien al igual que el fallecido aún no han sido identificados y ambos tienen impactos de proyectiles.

La Policía trabaja en desbloquear este punto de la Panamericana Sur que estaba bloqueada desde hace nueve días por mineros artesanales que piden el adelanto de elecciones y cierre del Congreso.

Con esta nueva víctima mortal suman 21 fallecidos durante los enfrentamientos. Actualmente, hay 356 heridos civiles (287 altas y 69 hospitalizados). Así como 290 policías afectados por los hechos violentos.

Protestas hoy en Perú: ¿qué exigen los manifestantes?

Algunas de las demandas ciudadanas que se exigen en las protestas a nivel nacional son las siguientes:

  • Cierre del Congreso
  • Adelanto de elecciones generales
  • Creación de una asamblea constituyente.

Anuncian estado de emergencia ¿Qué actividades no se pueden hacer?

El Gobierno del Perú anunció el estado de emergencia en todo el país por 30 días. Según dictamina el artículo 137 de la Constitución, las restricciones del estado de emergencia consisten en suspender los siguientes derechos constitucionales:

  • Derechos relativos a la libertad y la seguridad personales.
  • La inviolabilidad del domicilio.
  • La libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 de la Constitución y en el inciso 24, apartado f del mismo.