Una avioneta que iba de recorrer las líneas de Nazca perdió el control y cayó cerca al Aeródromo de Nazca, en Majoro, región de Ica. Dentro del vehículo iban cinco turistas, el piloto y el copiloto, quienes fallecieron calcinados, según información de la Policía Nacional del Perú (PNP).
En un primer momento, se dio la cifra de seis muertos; sin embargo, esto luego fue rectificado. Las personas no han sido identificadas hasta el momento. También, en un reporte de Latina, se mencionó que los ciudadanos serían turistas.
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Según información que pudo recoger La República, los tripulantes eran de las siguientes nacionalidades: dos peruanos, tres neerlandeses y dos chilenos. De acuerdo a medios locales, la avioneta cayó, explotó y empezó a incendiarse inmediatamente. Los Bomberos del lugar llegaron para apagar el fuego tras la caída de este vehículo.
La Policía del sector llegó a la zona para cercar todo el espacio y que así se continúe con las investigaciones. En VR Canal 21 Nasca, uno de los miembros de los Bomberos mencionó que no hubo ningún herido y que todos fallecieron en este accidente.
Los agentes señalaron que la avioneta pertenecería a la empresa turística “Aero Santos”. En un comunicado del MTC se precisó que el accidente sucedió a las 12.10 p. m. y que la aeronave modelo CESSNA 207 “se precipitó a tierra en las inmediaciones del aeropuerto María Reiche en la ciudad de Nasca, momentos después del despegue”.
Comunicado del MTC.
Por último, el representante del Ministerio Público aún no ha llegado al lugar para iniciar el levantamiento y las pesquisas. Las causas del accidente aéreo aún son inciertas.
La empresa responsable del incidente emitió un comunicado en el que lamentó el accidente aéreo suscitado el último 4 de febrero.
“Inmediatamente después de ocurrido el accidente, representantes de nuestra empresa se apersonaron en la zona y, actualmente, nos encontramos colaborando con las autoridades para determinar las causas del mismo”, mencionó.
Comunicado de Aero Santos.
Posteriormente, El Indecopi solicitó a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) la póliza de seguros del operador de la aeronave, para verificar si se habría contratado las coberturas exigidas por la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento. Esta ley establece en sus artículos 265°, 266°, 287° y 289 la responsabilidad en el transporte aéreo nacional y la cobertura de seguros por los daños causados a pasajeros y tripulación (cobertura de accidentes personales y cobertura de responsabilidad civil).
Asimismo, la institución precisa que está coordinando con la Red de Protección del Turista, liderada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a fin de trabajar en conjunto y de forma articulada, en representación del Estado, con el objeto de velar por la protección de todos los ciudadanos, en su rol de turistas, y particularmente por las familias de las personas que lamentablemente han fallecido.