El ministro de Salud, Hernando Cevallos, informó a la población las nuevas restricciones que se aplicarán durante las celebraciones del Año Nuevo 2022 en todo el país. Esto, debido al rápido incremento de contagios por la nueva variante ómicron, que hasta este miércoles 29 de diciembre ya ascienden a 116 casos.
En conferencia de prensa, el titular del sector salud señaló que este 31 de diciembre y 1 de enero estará prohibido el ingreso a las playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas públicas. La medida fue aprobada recientemente por el Consejo de Ministros, con el objetivo de paliar el avance de la COVID-19.
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“Se restringe el acceso a las playas, en todos los casos, la población debe respetar el distanciamiento físico corporal, el uso de mascarillas y las demás medidas de bioseguridad, como la presentación del carnet de vacunación para tener acceso a estos espacios públicos”, precisó.
Además, la autoridad sanitaria recordó a la ciudadanía que está prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas y la venta de alimentos en zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar.
El toque de queda iniciará a las 11.00 p. m. del viernes 31 de diciembre y durará hasta las 4.00 a. m. del sábado 1 de enero en todo el territorio nacional. Este nuevo horario fue oficializado a través del Decreto Supremo 186-2021-PCM, el cual modifica el anterior, donde la medida iniciaba a la 1.00 a. m.
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La norma establece que durante el toque de queda están prohibidas las reuniones sociales, incluidas las visitas familiares y los eventos presenciales. En este sentido, las celebraciones en restaurantes, bares, locales al aire libre y otros establecimientos públicos también están restringidos.
A diferencia del 2020, el Gobierno no emitió ninguna restricción relacionada al uso de autos particulares o el tránsito de los mismos durante celebraciones de Año Nuevo 2022, a excepción del horario de toque de queda.
Respecto a los viajes interprovinciales que deseen hacer los ciudadanos, el Decreto Supremo 186-2021-PCM también dispone que los pasajeros del transporte interprovincial terrestre, mayores de 18 años, en todo el país, solo podrán viajar si presentan su carnet de vacunación que acredite las dos primeras dosis contra el coronavirus. También pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar el bus.