El Gobierno nacional ha dispuesto cuarentena en diez provincias del sur desde el 15 de febrero hasta el 28 de febrero. En la región Arequipa son las provincias de Arequipa, Camaná, Islay y Caylloma. En tanto, en Cusco corresponde a Canchis y La Convención, así como Abancay en Apurímac, Ilo en Moquegua, Tacna en la región del mismo nombre. Además, se extendió la inmovilización en la provincia de Puno.
Los ciudadanos que incumplan las restricciones determinadas por el Gobierno nacional en estas zonas con riesgo extremo serán multados, según el Decreto Legislativo n.º 1458.
Durante la inmovilización social obligatoria, los trabajadores que realicen actividades permitidas deben contar un pase laboral. Dicho permiso especial le permitirá movilizarse a su centro de labores. Si no posees este documento puede recibir una multa por S/ 264.
En tanto, los ciudadanos podrán salir para comprar víveres o medicinas, trasladar a un centro médico a personas cuya vida corre peligro, acudir al banco para cobrar un subsidio económico por coronavirus, retornar a su lugar de residencia habitual, o para una salida corta cerca de casa por máximo una hora. De lo contrario, recibirán una multa por S/ 220.
Recuerda que debes utilizar una mascarilla y que, de no contar con este implemento, recibirás una multa por S/352.
En las zonas con nivel de alerta extremo, como la ciudad de Arequipa, se prohíbe el uso de vehículos particulares. Puedes salir con tu unidad y tu pase laboral solo si trabajas en las actividades económicas permitidas según tu región. También puedes movilizarte si necesitas atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo tu vida o salud, o para adquirir medicamentos.
Si circulas con tu vehículo particular por otros motivos a los permitidos por el Gobierno, tendrás una sanción de S/ 352.
En caso de salir fuera del horario de inmovilización social obligatoria, esto significará una multa de S/ 440. Para provincias con riesgo extremo solo estará permitida la salida de una hora de 6.00 a. m. hasta las 6.00 p. m. Luego de ese tiempo ya se considerará una vulneración a la cuarentena.
Recuerda que habrá inmovilización social obligatoria los domingos durante todo el día. La multa asciende a S/ 396.
No respetar el metro de distancia obligatorio o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados implica una multa de S/ 88. En tanto, desarrollar actividades económicas no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo n.° 044-2020-PCM genera una multa correspondiente a S/308.
Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública provoca una multa por S/ 396
Así también, no portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas es causa para recibir una multa de S/ 440.
Las multas deben pagarse en un plazo máximo de cinco días hábiles posterior al día siguiente útil desde que fue impuesta. Si lo realizas dentro de los dos días hábiles posteriores, la multa se reducirá en un 25%. Además, estás en el derecho de apelar esta medida.
Si no pagas, no podrás suscribir ningún tipo de contrato civil ni acto notarial. Tampoco podrás hacer trámites ante los bancos o la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), y no te permitirán viajar al exterior.