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Política

Alberto Fujimori continuará en prisión tras fallo de magistrado de Ica

Fallo. El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declaró improcedente la resolución emitida por el Tribunal Constitucional (TC) que restablecía el indulto al expresidente.

larepublica.pe
Y seguirá. El expresidente Alberto Fujimori se encuentra recluido en el penal Barbadillo. Foto: difusión

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, liderado por el juez Vicente Fernández Tapia, resolvió declarar improcedente la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) emitida el 17 de marzo del 2022 que buscaba conceder el habeas corpus al expresidente Alberto Fujimori, quien cumple su condena en el penal de Barbadillo.

Esto sucede antes de que se cumpla el plazo previsto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que el Gobierno emita un informe. Tiempo que concluye el 6 de diciembre.

“Siguiendo instrucciones del presidente de Tribunal, se solicita al Estado que, a más tardar el 6 de diciembre de 2023, remita un informe en el que presente sus observaciones al referido escrito de los representantes, teniendo en cuenta lo ordenado por esta Corte en la Resolución de 7 de abril del 2023”, detallan en un documento al que tuvo acceso La República.

Postura. Corte IDH espera informe del Estado peruano. Foto: difusión

La Corte IDH también recordó al Estado peruano su mandato que prohíbe liberar al expresidente Alberto Fujimori, preso por delitos de lesa humanidad, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) resolviera que no debía aclarar su fallo del 2022, el mismo que consideró válido el indulto concedido por el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski el 24 de diciembre del año 2017.

En el 2018, un juzgado de la Corte Suprema declaró la no aplicación del indulto humanitario otorgado el año anterior, por lo que posteriormente Alberto Fujimori fue reingresado al establecimiento penitenciario de Barbadillo.

Ayer, 1 de diciembre, el juzgado de Ica, presidido por el juez Fernando Vicente Fernández Tapia, determinó lo siguiente: “El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declara improcedente la ejecución de la sentencia Nº 78-2022, de fecha 17 de marzo del 2022, concretamente la libertad de Alberto Fujimori, por parte de su despacho, por no haber sido estimada la demanda de habeas corpus”. Así se lee en el documento publicado por el Poder Judicial en sus redes sociales.

25 años de prisión

Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por homicidio calificado y lesiones graves debido a los casos Barrios Altos y La Cantuta. Tras la sentencia, permanece recluido en el penal de Barbadillo en el distrito de Ate, en Lima.

Asimismo, Fujimori es reconocido como dictador luego del autogolpe del 5 de abril de 1992, en el que cerró inconstitucionalmente el Congreso, asumió junto con su asesor Vladimiro Montesinos el control total de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas.

Por tanto, su implicancia en los delitos no está en tela de juicio. “Este tribunal declara que los cuatro cargos se encuentran probados más allá de toda duda razonable y la sentencia es condenatoria”, indicó el juez César San Martín, quien lideró el proceso como vocal Supremo de la Sala Penal Especial.

PUEDES VER: Alberto Fujimori continuará en prisión: ¿por qué motivos se declaró improcedente el indulto?

Reacciones

Al respecto, el excongresista Yonhy Lescano escribió en su cuenta de Twitter: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos rechazó la libertad de condenados por delitos graves, como Fujimori. El pedido también denegado por juez de Ica. Hoy el Poder Judicial resolvió que Keiko Fujimori debe ir a juicio por corrupción, caso cocteles. No a la mafia, no al delito”.

Mientras que el exprocurador César Azabache resumió el caso: “Alberto Fujimori no puede salir en libertad digan lo que digan los magistrados Morales y Gutiérrez y la magistrada Pacheco porque el judicial ha ordenado el 23 de octubre de este año que siga en prisión. Lo ha hecho literalmente, no de manera virtual o sobreentendida. Y esa sentencia, la del 23 de octubre es del judicial, no de la Corte IDH, está en plena vigencia”.

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