La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó suspender por 60 días a la jueza suprema Elvia Barrios por no comunicar que su exesposo contrató con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en el 2015 y 2018. La decisión se basó en el artículo 11 de la Ley de Contrataciones, el cual sostiene que familiares de altos funcionarios están impedidos de contratar con entidades del Estado por un presunto conflicto de intereses.
Durante la audiencia, Luz Tello, integrante miembro del Pleno de la JNJ, expuso que la expresidenta del Poder Judicial estaba obligada a notificar al JNE y al Poder Judicial que su exposo Eduardo Laca Rivadeneyra laboraba bajo la modalidad de órdenes de servicio.
“La conducta de un juez de la Corte Suprema que consista en no informar, omitiendo que su conviviente sea contratado para proveer servicios a una entidad que forma parte del Poder Judicial, mediante órdenes de servicios, es pasible de un importante grado de reproche ético y, consecuentemente, de la correspondiente sanción disciplinaria”, dijo Luz Tello.
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Al respecto, la magistrada refirió que Eduardo Laca en su última orden de servicio, n.° 3289, cobró un monto de 22.650 soles, la misma que no fue remitida a la JNJ. "La sindicada (Elvia Barrios) aceptó que su exposo trabajaba en el Jurado Nacional de Elecciones, pero mencionó que se trataba de un trabajo que no tenía impedimentos", expuso Tello.