Algunos dicen que la tercera es la vencida. En el caso del Congreso de la República, así sería. Luego de dos fracasos rotundos en su intento por elegir al nuevo defensor del Pueblo, el Parlamento por fin tiene el camino allanado para sacar adelante el procedimiento con esta tercera comisión especial presidida por el legislador Manuel García Correa (APP). Esto, debido al reciente fallo del Tribunal Constitucional que deja sin efecto el proceso de amparo que interpuso el Sindicato de la Defensoría del Pueblo.
En el marco del procedimiento competencial interpuesto por el Congreso de la República, el cual solicitaba al TC anular diversas resoluciones judiciales que supuestamente vulneraban las competencias exclusivas del Poder Legislativo, entre ellas el amparo que frenaba la elección del defensor del Pueblo, el máximo órgano de deliberación en temas constitucionales le dio la razón al Parlamento, dando luz verde al nuevo proceso, el cual ya anunció que, a partir del 9 de mayo —tras superar las etapas preliminares—, se podría proceder con la selección.
En diálogo con La República, el exmagistrado del TC, Óscar Urviola, consideró que el Tribunal Constitucional dio esta sentencia en razón de que se consideró que se estaban desnaturalizando las acciones de amparo y que algunos jueces se estaban prestando a “interferir de manera indebida en el ejercicio de un órgano autónomo” como el Legislativo.
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“Creo que lo que hizo el Tribunal Constitucional es correcto porque aquí hubo un uso indebido de un proceso constitucional como es el amparo para entrometerse en funciones que, de acuerdo con la Constitución, son de exclusividad de un órgano constitucional como lo es el Congreso de la República”, explicó.
El Parlamento es el encargado de elegir a los magistrados del TC. Foto: Congreso
Por otro lado, el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría del Pueblo no podrá volver a presentar otra medida cautelar para suspender la elección en el Parlamento tras la decisión del TC debido a que el proceso competencial es un procedimiento único y de instancia definitiva en el TC. No hay vías alternar al ser una sentencia definitiva.
“Ni siquiera pueden ir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos porque no se trata de un tema de derechos fundamentales de la persona, se trata en todo caso del ejercicio de una función y el TC ha reconocido que le corresponde al Congreso”, agregó Urviola a este medio.
El Congreso de la República más desprestigiado en décadas sigue robusteciendo su protección tras el último fallo del Tribunal Constitucional, el cual anula la medida cautelar que suspendía la elección del defensor del Pueblo y otros procesos contra el Legislativo. Además, la lectura que le dieron los magistrados del actual TC a la demanda competencial interpuesta por el Parlamento limitaría el accionar de jueces, quienes ya no pueden fallar a favor de una acción de amparo contra este poder del Estado de no existir una afectación directa a un derecho fundamental.
Así lo explicó el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse, pocas horas después de conocerse la sentencia: “Hay actos del Congreso de la República en los cuales el Poder Judicial puede pronunciarse, concretamente cuando hay una afectación a los derechos fundamentales, pero hay actos del Congreso que son meramente políticos y lo político no puede resolverse en un despacho judicial porque el juez actúa sobre razones jurídicas y los políticos sobre razones políticas”, declaró a RPP.