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Política

Contraloría: compra de chalecos antibalas a empresa mexicana es inválida

Irregular. El Ministerio del Interior firmó contrato con una compañía extranjera sin consultar con la empresa estatal Fábrica de Armas y Municiones del Ejército (FAME), a la que debió acudir obligatoriamente en cumplimiento de la Ley N°31684, por lo que quedaría nula la adjudicación a Armor Life Lab, de México.

Jugada. La OGAF del Ministerio del Interior no solicitó cotización a la empresa estatal FAME para el suministro de chalecos antibalas como lo dispone la Ley 31684. Foto: PNP
Jugada. La OGAF del Ministerio del Interior no solicitó cotización a la empresa estatal FAME para el suministro de chalecos antibalas como lo dispone la Ley 31684. Foto: PNP

El ocho de octubre de este año, el entonces jefe de Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF) del Ministerio del Interior, Ricardo Kanashiro Romero, firmó contrato con la empresa mexicana Armor Life Lab, para la provisión de 3,164 chalecos antibalas destinados a la Policía Nacional por US$2,008,989 (aproximadamente S/7,000,000).

La Oficina de Control Institucional del Ministerio del Interior, dependiente de la Contraloría General, ya había reportado que el proceso dirigido por Kanashiro evidencia cambios en los términos de referencia con la presunta intención de otorgar la buena pro a la oferta de la azteca Armor Life Lab. Ahora la entidad de control ha detectado otra grave irregularidad.

Quince días después de la suscripción del contrato entre la OGAF y Armor Life Lab, el órgano de control emitió una nueva auditoría que concluye que la compra no se ajusta a las normas y debería anularse porque se incumplió la Ley N°31684, también conocida como la “Ley FAME”, emitida el 15 de febrero de 2023.

Conforme al reporte de la Contraloría, la OGAF del Mininter, en aplicación de la Ley N°31684, debió consultar sí o sí a la empresa estatal Fábrica de Armas y Municiones del Ejército (FAME), si contaba con chalecos antibalas del Nivel IIIA, antes de recurrir a un proveedor extranjero.

Pasándose de la raya

La OGAF no se tomó la molestia de preguntar a FAME, pese a lo dispuesto por la ley, según la documentación que presentó el Ministerio del Interior a la Contraloría.

La mencionada ley precisa que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional deben obligatoriamente encargar a FAME la provisión del material que requieren, porque de no hacerlo, se presentaría “una situación que podría conllevar a la nulidad de todo lo actuado”, según la Contraloría.

De hecho, el 4 de febrero de este año, el Ministerio del Interior anunció que encargó a FAME la adquisición de 7,323 fusiles de asalto Arad 5 por US$16,5 millones, de la fábrica Industrias de Armas de Israel (IWI, por sus siglas en inglés).

Entonces, ¿por qué no quiso aplicar la Ley FAME para la adquisición de chalecos antibalas?

Es más, de haber consultado la OGAF del Mininter a FAME sobre la disponibilidad de chalecos antibalas, la empresa estatal podría haber respondido que sí.

En efecto, el 24 de septiembre de este año, FAME firmó un convenio estratégico con la firma estadounidense High and Defense Solutions (HEDS), “para la comercialización, fabricación, co-fabricación, ensamblaje y modernización de chalecos antibalas y equipos de protección militar y policial”.

Sin embargo, la OGAF no preguntó nada a FAME.

El Mininter debió aplicar la Ley FAME para la compra de chalecos antibalas, por lo que el contrato que ha firmado sería inaplicable, según la Contraloría. Foto: CGR

Sacando cuerpo a la ley

Ricardo Kanashiro Romero suscribió contrato a su manera con la mexicana Armor Life Lab, “inaplicando la Ley FAME, que dispone que dichas adquisiciones se realicen obligatoriamente mediante la modalidad de encargo a FAME, situación que podría conllevar a la nulidad de todo lo actuado”, según el informe de la Contraloría.

Los auditores también constataron que “la OGAF no efectuó consulta a FAME, solicitando la remisión de cotización para la adquisición de chalecos antibalas nivel IIIA (…), ni la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) realizó algún análisis u opinión legal respecto a la aplicación de la Ley FAME”.

La OGAF contestó a los auditores que la contratación para la compra de chalecos antibalas fue bajo la modalidad de “contratación con proveedores no domiciliados en el país excluidos de la Ley General de Contrataciones Públicas”.

Pero la Contraloría reiteró que dicha modalidad no procede.

El Mininter debió “remitir los términos de referencia o especificaciones técnicas (de los chalecos antibalas) a FAME, a fin que esta empresa envíe su propuesta y pueda ser evaluada por la PNP, a efectos del inicio del procedimiento de encargo y posterior formalización”.

Por estas consideraciones legales, el contrato de la OGAF con Armor Life Lab sería inválido.

La República consultó al Ministerio de Interior si dejará sin efecto el contrato con la compañía mexicana, luego de la observación de fondo de la Contraloría. Prensa del despacho respondió que todo seguiría igual: “El contrato es válido y se mantiene su vigencia, permitiendo dotar a la Policía Nacional del Perú, después de casi diez años, de una nueva adquisición masiva de chalecos antibalas”.

Sin embargo, la Contraloría otorgó cinco días al ministro del Interior, Vicente Tiburcio, para que aplique las correcciones necesarias antes de proceder a la compra de los chalecos antibalas, “con la finalidad de que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones”.

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