
El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Gerardo Widauski Kleimberg a favor de los expresidentes Ollanta Humala, Alberto Fujimori, Martín Vizcarra, Alejandro Toledo, Pedro Pablo Kuczynski, Manuel Merino y Francisco Sagasti. El recurso pretendía que se ordene a Antauro Humala cesar sus declaraciones violentas, en las que propuso el fusilamiento de exmandatarios, pero el TC determinó que las expresiones no representan una amenaza concreta, sino opiniones políticas hipotéticas vinculadas a un eventual triunfo electoral.
La decisión fue adoptada por mayoría del Pleno, integrado por los magistrados Luz Pacheco Zerga, Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Luis Gutiérrez Ticse, Manuel Monteagudo Valdez, Pedro Hernández Chávez y César Ochoa Cardich. Morales Saravia y Gutiérrez Ticse emitieron fundamentos de voto, mientras que Ochoa Cardich votó en minoría.
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Morales Saravia dijo que el discurso de Humala “no puede ampararse en la libertad de expresión cuando promueve odio o incita a la violencia”, aunque coincidió en declarar improcedente el pedido. Gutiérrez Ticse recordó que el partido de Humala fue cancelado por la Corte Suprema en 2024 y señaló que, sin posibilidad de participar en elecciones, sus amenazas carecen de inminencia.
En voto singular, Ochoa Cardich consideró que la demanda debía declararse infundada, pues las expresiones del etnocacerista, aunque intolerables en democracia, no constituían una amenaza inmediata.
Cabe recordar que el hábeas corpus fue presentado en junio de 2024 por Widauski Kleimberg, quien alegó que los mensajes de Humala vulneraban el derecho a la integridad y a no ser objeto de ejecución extrajudicial. En su escrito, citó diversas entrevistas y publicaciones donde el líder etnocacerista planteaba “fusilar a expresidentes corruptos” y abandonar la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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En su sentencia, el Tribunal precisó que para que un hábeas corpus prospere debe acreditarse una amenaza “cierta e inminente” contra la libertad o integridad personal. Según el fallo, las declaraciones de Antauro Humala, aunque “reprochables desde la perspectiva del Estado constitucional”, fueron expresadas como parte de un discurso político condicionado a un eventual triunfo electoral, por lo que no configuran un riesgo inmediato.
El TC añadió que sus palabras “no constituyen actos que configuren un atentado a la libertad personal de los beneficiarios, puesto que, en el contexto en el que fueron vertidas, se aprecia que constituyen declaraciones referidas a una propuesta de políticas públicas (...) que se aplicarían en caso de ganar las elecciones presidenciales”.
A su vez, el magistrado Francisco Morales Saravia advirtió en su voto que el discurso político no puede transformarse en incitación al odio. “Que un líder político exprese en una entrevista que fusilará a expresidentes no puede ser de recibo en una sociedad democrática”, escribió, recordando que el uso de lenguaje violento “pervierte la esencia misma de la libertad de expresión”.
Las expresiones de Antauro Humala que motivaron la denuncia fueron difundidas en diversas entrevistas y mítines entre 2023 y 2025. En una visita a Trujillo, el líder etnocacerista afirmó que “lo primero es escarmentar históricamente a todos los presidentes ladrones que ha tenido el Perú los últimos 30 años, por eso mi propuesta es el fusilamiento de los presidelincuentes que traicionaron al país". En esa misma línea, aseguró que “cuando yo digo que vamos a fusilar presidelincuentes, yo no puedo hacer una diferenciación entre Ollanta o Kuczynski.”
Meses después, en una entrevista con La República, reiteró su postura al señalar que “cortarle la cabeza a un rey corrupto a mí me parece recontra decente”, y agregó que su hermano Ollanta Humala recibiría el mismo trato que Alejandro Toledo o Martín Vizcarra en un eventual gobierno suyo.

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