El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional —presidido por la jueza Juana Mercedes Caballero e integrado por Nayko Coronado y Max Vengoa— decidió que el alcance de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) respecto a un amparo promovido por el penalista Arsenio Oré, sea que se declaren nulos los juicios por obstrucción a la justicia contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, y demas implicados.
La siguiente audiencia se realizará el próximo lunes 26 de agosto de 9 de la mañana a 12 del mediodía, debido a la alta carga procesal que afrontan los magistrados de la Tercer Juzgado Penal Colegiado, según informó la jueza Juana Mercedes Caballero.
La jueza Juana Mercedes Caballero declaró infundado el recurso de reposición presentando por el fiscal José Domingo Pérez, con lo cual se ratificó la decisión inicial de la sala de anular el juicio por obstrucción a la justicia contra Keiko Fujimori por Caso Cócteles: “No se afectó ningún derecho fundamental para aceptarlo”.
Jueza Juana Mercedes Caballero da lectura de su decisión frente a recurso de reposición presentando por el fiscal José Domingo Pérez.
La decisión recae en los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado, integrado por los jueces Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa.
Jueza Juana Mercedes Caballero García informó que los integrantes del colegiado entran en deliberación respecto a si aceptan o no el recurso de reposición presentando por el fiscal José Domingo Pérez. En estos momentos, se encuentran en un breve receso.
La abogada Giulliana Loza pidió al colegiado desestimar el recurso de reposición presentando por el fiscal José Domingo Pérez, ya que considera que, “No podemos hacer interpretaciones donde el TC ha sido clarísimo” respecto a que se anule el juicio por obstrucción a la justicia para todos los implicados.
El abogado Humberto Abanto, defensor legal de Jaime Yoshiyama, pidió que “como medida de ejecución correcta” el Tercer Juzgado Penal Colegiado disponga que se excluyan todas las pruebas —que forman parte de la estrategia de la Fiscalía— vinculadas al delito de obstrucción a la justicia.
Los abogados de los imputados beneficiados por la decisión del TC sobre el caso de Arsenio Oré expusieron sus recursos de reposición. Se mostraron conformes con lo decidido, pero objetaron principalmente que el delito de organización criminal no estuviese incluido debido a que este se encuentra “amalgamado al de obstrucción a la justicia”, según sus argumentos.
En tanto, también se cuestionó el “acto de formalización de la investigación” dictada por un órgano no objetivo como el Ministerio Público (según interpretación del fallo del TC), representado por el fiscal José Domingo Pérez.
Foto: Fiscalía
El Tribunal Constitucional sentenció que el fiscal José Domingo Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia pues resulta ser el principal testigo de ese hecho y eventualmente también la víctima. En consecuencia, anuló todas las resoluciones y decisiones emitidas por dicho fiscal, desde el 7 de enero del 2018.
Durante su defensa por el recurso de reposición que presentó ante la sala, el fiscal José Domingo Pérez sostuvo que se afectó al principio de congruencia porque la decisión alcanza a tres acusados que no solicitaron que sus casos se igualen al de Arsenio Oré, entre ellos se encuentran Luis Mejía Lecca e Italo Pachas.
En tanto, se indicó que, se cometió un vicio contra el debido proceso porque no se ha explicado los motivos por los cuales se excluyó a los demás acusados, solo se informó que se decidió extender la sentencia del TC a los otro procesados.
El fiscal José Domingo Pérez expuso que el Tercer Juzgado Penal Colegiado está afectando el principio de legalidad porque la sentencia del Tribunal Constitucional solo tiene alcance para Arsenio Oré Guardia, quien fue el denunciante.
En tanto, el representante de la Fiscalía indicó que los magistrados del TC pudieron invocar —en su fallo— a los demás acusados: “Tenían las competencias, pero no lo hicieron. En tanto, no se podía hacer extensivo a los demás acusados”.
Foto: Justicia TV
En respuesta a la decisión, el fiscal José Domingo Pérez apeló —a través de un recurso de reposición— y el colegiado le concedió 15 minutos para que preparé su alegato, al igual que los abogados defensores. Tras un receso, el representante del Ministerio Público hizo uso de la palabra para defender su postura de que la sentencia del TC solo debió extenderse al caso de Arsenio Oré.
La decisión del Tercer Juzgado Penal Colegiado alcanza también a los principales rostros del caso Cócteles como Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari Mendoza, Ana Herz Garfias, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper, Adriana Tarazona e Italo Pachas.
Ellos al encontrarse procesados por otros delitos —organización criminal y lavado de activos— seguirán afrontando el juicio, solo quedan excluidos por el delito de obstrucción a la justicia.
Tras la decisión del colegiado, los abogados Arsenio Oré Guardia, Edward García Navarro, Luis Lazo Mendoza, Lorena Gamero Calero, Danae Calderón Castro y Giulliana Loza Ávalos, acusados solo por delito de obstrucción de la justicia, quedaron fuera del juicio. En tanto, la jueza anunció que deberán ya no asistir a las audiencias en calidad de procesados.
Foto: Melissa Merino/La República
Cumpliendo la sentencia del TC sobre el caso de Arsenio Oré, la jueza Juana Mercedes Caballero anunció la decisión del Tercer Juzgado Penal Colegiado de extender la exclusión del juicio por obstrucción a la justicia para todos los implicados, entre ellos a Keiko Fujimori y los principales rostros del caso Cócteles.
Video: Justicia TV
La audiencia presidida por la jueza Juana Mercedes Caballero García del Tercer Juzgado Penal Colegiado inició analizando los alcances del fallo del Tribunal Constitucional respecto al caso del jurista Arsenio Oré.
El fiscal José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista Arsenio Oré, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.
Foto: composición de Fabrizio Oviedo/LR
El Tercer Juzgado Penal Colegiado decidirán en audiencia pública los términos en los que ejecutaran la sentencia de Amparo del Tribunal Constitucional: solo a favor del abogado Arsenio Oré Guardia o contra todos los acusados por obstrucción a la justicia y si también incluyen el delito de organización criminal.
Foto: La República
El caso Cócteles recibe su nombre por la manera en que, según las investigaciones, se habrían recaudado fondos para la campaña de Keiko Fujimori. Se alega que el partido Fuerza Popular, encabezado por la hija de Alberto Fujimori, organizó eventos denominados "cócteles", los cuales habrían sido utilizados como fachada para obtener dinero de manera ilícita.
Foto: composición LR/EFE
El Tercer Juzgado Penal Colegiado, que tiene a su cargo la audiencia de instalación del juicio oral, está conformado por los jueces Juana Mercedes Caballero García, quien actúa como presidenta, Nayko Coronado y Max Oliver Vengoa Valdiglesias.
El colegiado acató el veredicto del TC. Esta decisión fue adoptada tras haber recogido en la audiencia del martes 13 de agosto la posición del fiscal José Domingo Pérez, de los 14 abogados y del representante de la procuraduría pública. Los magistrados optaron por no decidir ese mismo día y postergaron su decisión hasta este lunes 19 de agosto.
Sobre el fallo, cumpliendo la sentencia del TC sobre el caso de Arsenio Oré, la jueza Juana Mercedes Caballero anunció la decisión del Tercer Juzgado Penal Colegiado de extender la exclusión del juicio por obstrucción a la justicia para todos los implicados, entre ellos a Keiko Fujimori y los principales rostros del caso Cócteles.
Para Humberto Abanto, abogado de Jaime Yoshiyama, si los jueces separan a Arsenio Oré, la sala tendría que igualar a todos los investigados por obstrucción a la justicia, ya que no puede diferenciarlos: “No veo una forma que el colegiado se sustraiga de cumplir con una orden del TC, sería muy grave. Es una sentencia incuestionable, es cosa juzgada que puedes gustarnos o no, pero se tiene que ejecutar”.
Por su parte, el fiscal José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista Arsenio Oré, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.
En tanto, la vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco Zerga, descartó que la reciente sentencia del TC represente una intromisión en un proceso judicial y menos que hayan salido en defensa de los imputados en el juicio contra Keiko Fujimori. Indica que, se llegó a la conclusión de que “hubo una vulneración a su derecho fundamental al debido proceso, ante una falta de objetividad" del fiscal José Domingo Pérez, quien viene liderando la voz del Ministerio Público en el juicio contra la cúpula de Fuerza Popular.
"Por eso hemos anulado tanto la decisión del fiscal superior que había convalidado la permanencia del fiscal provincial, que era el doctor Domingo Pérez, y se anula el juicio oral que se había sido sobre esta materia, de obstrucción de la justicia, no con respecto al otro caso", declaró a ‘Canal N’.
Finalmente, la sala presidida por la jueza Juana Mercedes Caballero deberá decidir este lunes 19 de agosto si anula juicio a Keiko Fujimori y otros por obstrucción a la justicia que, sin duda, afectará el desarrollo del juicio del caso Cócteles. La audiencia se desarrollará de manera virtual desde las 9 de la mañana.