Alberto Fujimori saldrá en libertad luego de que el Tribunal Constitucional emitiera un fallo a favor de declarar fundado el recurso presentado contra la sentencia que anuló el indulto humanitario hacia el exmandatario en el 2017. Esta polémica decisión del TC nos lleva a retroceder unos nueve años, cuando dicho organismo negó un habeas corpus presentado por la defensa del exdictador.
En el año 2013, Gregorio Parco Alarcón, militar en retiro, presentó una demanda ante el TC que aducía que el expresidente debía ser excarcelado por su edad. Asimismo, su defensa sostuvo que las condiciones del centro penitenciario en el que estaba recluido no eran las adecuadas.
Sin embargo, en dicha solicitud afirmó que Fujimori se encontraba preso en la Base Naval del Callao “por orden judicial”, pero no mencionó que el exmandatario cumplía prisión en la Diroes desde que fue extraditado para ser juzgado por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema.
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Ante la demanda presentada por el abogado de Fujimori, el TC estableció que “mediante el habeas corpus correctivo no se puede pretender que se disponga la libertad del condenado, esto es la excarcelación, como si la condena judicial hubiera sido cumplida o aquella no surtiese efecto”.
Además, el organismo autónomo advirtió que, al dictar sentencia, el Tribunal Constitucional no dictamina en cuál de los centros de reclusión se cumplirá la sentencia, ya que eso es una facultad del INPE.
Luego de recibir la respuesta, Fujimori envió una carta a un medio de comunicación y aseguró que habían intereses de por medio para no otorgarle el indulto humanitario.