La Comisión Permanente del Congreso aprobó otorgar 15 días hábiles a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para investigar y presentar el informe final de la denuncia contra el expresidente Martín Vizcarra.
En efecto, la comisión aprobó con una mayoría de votos la denuncia constitucional 290 presentada por la excongresista del fujimorismo Yeni Vilcatoma en contra del ex jefe de Estado cuando ejercía el cargo de ministro de Transportes entre el 2016 y 2017.
En ella, Vilcatoma sostiene que Martín Vizcarra no se desvinculó de la empresa C y M Vizcarra S. A. C. cuando todavía era titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski.
Martín Vizcarra
“El 28 de julio de 2017 el señor Martín Alberto Vizcarra Cornejo juramentó como Ministro de Transportes y Comunicaciones, ejerciendo dicha función hasta el 25 de mayo de 2017, fecha en la que el presidente Pedro Pablo Kuczynski Godard aceptó su renuncia, advirtiéndose que durante el tiempo que fue ministro el señor Martín Vizcarra Cornejo no renunció a su empresa C y M Vizcarra S. A. C. y siguió como miembro del directorio y gerente de operaciones de la sociedad”, sostiene la denuncia.
Asimismo, Vilcatoma argumenta que Vizcarra, al momento de presentar su declaración de intereses, omitió consignar que entre el 2014 y 2018 todavía era miembro del directorio C y M Vizcarra S. A. C. y que entre los años 2016 y 2018 fue gerente de operaciones de dicha empresa.
Por lo que, según la exparlamentaria de Fuerza Popular, el expresidente habría incurrido en una infracción constitucional al transgredir el artículo 126° de la Constitución Política del Perú habiendo ejercido cargo incluso cuando era gobernador regional de Moquegua y también cuando era vicepresidente y embajador del Perú en Canadá.
La denuncia contra Vizcarra fue presentada por la excongresista Yeni Vilcatoma. Foto: La República
Seguidamente, la denuncia expresa que este artículo de la constitución “busca garantizar la transparencia de los actos de Gobierno, para evitar de ese modo los casos de corrupción”, por lo que Martín Vizcarra “no debió intervenir en la dirección y gestión de su empresa privada como lo realizó”.
“Sumado a esto, tenemos que la conducta del señor Martín Vizcarra Cornejo (…) no se ajusta a los principios éticos de respeto, veracidad y los deberes de transparencia, señalados en el Código de Ética de la Función Pública Ley 27815”, señala el documento.
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