En el marco de la presentación del Plan de Gobierno del Gabinete Ministerial, el presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció que el Ejecutivo aprobó en Consejo de Ministros el decreto de urgencia de la Ley de Control Previo de Fusiones y Adquisiciones Empresariales a fin de garantizar un marco de adecuada competencia empresarial.
Por su parte el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, brindó más detalles y señaló que el objetivo de la norma es proteger la libre competencia, la existencia del mercado, los inversionistas y los derechos e intereses de los consumidores.
“Para ello, consideramos pertinente establecer una herramienta que permita evaluar las operaciones que superen determinado umbral y prohibir o condicionar aquellas que afecten la eficiencia económica en los mercados. Por ello, anuncio que el día de hoy hemos aprobado un decreto de urgencia que establece mecanismos de control previo de las concentraciones empresariales”, detalló el premier.
Como se recuerda, en mayo de este año se aprobó el dictamen de esta ley de fusiones. Sin embargo, fue paralizada tras modificaciones de “último momento” que distorsionaban el fin de la ley.
Cuatro meses después, en setiembre, se incluyó en la agenda del pleno del entonces Congreso de la República la reconsideración del texto. Y, si bien se aprobó por mayoría, quedó pendiente el debate para la votación del texto final y posterior aprobación de la ley.
En anteriores declaraciones a La República, el presidente de directorio de Indecopi, Ivo Gagliuffi, explicó que el control previo de fusiones se da ante un acto de concentración empresarial; ya sea por absorción, consolidación, compra de activos o compra de acciones.
“Si superan un determinado umbral de US$ 105 millones de manera conjunta, calculado en base a la sumatoria de los ingresos o ventas brutas de las empresas que se fusionan, entonces se establece la obligación de notificarle a la agencia de competencia, en este caso Indecopi, que determina si tiene ventajas de cara al impacto final a los consumidores”, detalló.
Al respecto, explicó que hay tres escenarios. La aprobación sin condiciones, esto ocurre casi en el 95% de los casos en el mundo. La aprobación con condiciones ocurre entre el 3% y 5% de los casos. O denegar de plano la operación, que ocurre entre el 1% y 3% de casos en el mundo.
Asimismo, señaló que el reglamento estaría listo en 6 meses de aprobada la ley. Ahí estarán especificadas algunas reglas procesales, principalmente de cálculo.
“A los 6 meses tiene que estar el reglamento porque al año ya entra en vigencia la ley misma y los operadores deben saber a detalle cómo va a funcionar”, acotó.
Cabe recordar que en el Perú solo existe un control previo de fusiones empresariales en el sector eléctrico.
● El secretario técnico de la Comisión de Defensa de la Competencia del Indecopi, Jesús Espinoza, resaltó que en todos los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) hay control de concentraciones.
● “Porque se llegó al consenso de que es una herramienta efectiva para preservar las condiciones de competencia en el mercado. No basta con el control de conductas ni con estudios de mercado, hay que revisar las operaciones de toma de control de un competidor”, manifestó.
● Asimismo, países sudamericanos como Brasil, Argentina, Colombia y Chile ya cuentan con régimen de control de concentraciones empresariales.
● Presupuesto. Indecopi destinaría S/12 millones al año. Contrataría entre 30 y 35 funcionarios nuevos que se encarguen exclusivamente de atender los controles previos de fusiones. Se estima que en los primeros años se presenten entre 10 y 15 solicitudes anuales.
Ley de fusiones