Un divorciado en Brasil fue condenado por la Justicia a pagar a su exmujer un auxilio para la manutención de las que fueran sus mascotas —cinco perros y un gato—, según divulgó este martes 14 de diciembre un portal especializado en casos jurídicos.
La sala novena de la Cámara de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de Sao Paulo fue la que se encargó de tomar la decisión, tras un recurso impuesto por la mujer que alegaba la necesidad del auxilio por tener la custodia de los animales.
El caso tuvo lugar en Santos, un municipio en el litoral de Sao Paulo, el estado más poblado e industrializado de Brasil, luego de que a la mujer se le negara en primera instancia el derecho al auxilio financiero para las mascotas.
En esa sentencia, el juez estableció la repartición de bienes en partes iguales, fijó la pensión a pagar por el exmarido a la hija menor de edad de la pareja y desestimó la solicitud de ayudas económicas para la manutención de los animales.
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Determinó, además, que las mascotas de la expareja quedaran bajo el cuidado y responsabilidad “exclusivos” de la mujer, quien abogó por la “custodia unilateral” de los cinco perros y el gato, alegando ser la persona “más adecuada” para cuidarlos, algo a lo que no se opuso su expareja, quien admitió no tener ni siquiera tiempo para estar con ellos.
Ante la decisión del juez de negarle el auxilio para los animales, la mujer interpuso un recurso de apelación con el que logró obtener la ayuda financiera.
La “pensión” para los cinco animales fue concedida bajo el argumento de que el condenado había reconocido que las mascotas eran consideradas “miembros de la familia”, lo que hacía implícita su obligación de ayudar financieramente para los gastos de alimentación y servicios veterinarios, según arguyó el magistrado Edson Luiz de Queiroz, instructor de la apelación.
En Brasil, las mascotas no tienen personalidad jurídica, por lo que no pueden contar con una pensión alimenticia tras el divorcio de sus tutores. No obstante, es posible establecer ayudas económicas para mascotas adquiridas durante el matrimonio celebrado bajo el régimen de propiedad comunitaria parcial.
Bajo este entendido, la Justicia ordenó el pago del 15% de un salario mínimo como ayuda económica a solventar por el exmarido.
Con información de EFE.