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Economía

MTPE: pensión de extrabajadores de la Ley 27803 fija equivalencias de cargos y sueldos, ¿cómo calculará la ONP el monto inicial?

El MTPE aprobó las equivalencias de cargos y remuneraciones para 302 extrabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI). La medida permitirá a la ONP calcular la pensión inicial de jubilación adelantada.

ONP podrá calcular pensión inicial de jubilación adelantada tras aprobación del MTPE.
ONP podrá calcular pensión inicial de jubilación adelantada tras aprobación del MTPE. | Foto: La República/IA

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la equivalencia de cargos y remuneraciones de referencia que servirán de base para calcular la pensión inicial de extrabajadores beneficiarios de la Ley N.° 27803 que optaron por la jubilación adelantada. La disposición fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 099-2026-TR, publicada en el diario oficial El Peruano.

La resolución comprende a 302 extrabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente (RNTCI), cuyos expedientes presentaban dificultades para establecer el nivel, categoría o régimen laboral que tenían al momento de ser cesados.

En varios casos, las entidades donde laboraron dejaron de existir o ya no cuentan con plazas equivalentes dentro de la administración pública o del sector empresarial del Estado, situación que impedía avanzar con el cálculo de la pensión inicial.

MTPE: beneficio para extrabajadores inscritos en el RNTCI

La Ley N.° 27803 instituyó el Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios para extrabajadores cesados mediante procedimientos de ceses colectivos realizados en empresas del Estado, entidades del sector público y gobiernos locales. Los beneficiarios son aquellos que fueron incorporados al RNTCI tras ser reconocidos como afectados por ceses considerados irregulares.

La norma también creó una Comisión Ejecutiva encargada de revisar solicitudes de extrabajadores que inicialmente no fueron reconocidos como cesados irregularmente y evaluar casos de renuncias bajo coacción.

Además, mediante la Ley N.° 31218, se autorizó una nueva revisión de casos de extrabajadores que se acogieron al procedimiento establecido por la Ley N.° 30484 y que no fueron incluidos en la relación final del RNTCI. Como resultado de estos procesos, el MTPE emitió resoluciones ministeriales en 2017 y 2023, con las que publicó nuevas listas de trabajadores incorporados al registro nacional.

¿Cómo calculará la ONP el monto inicial?

El Decreto Supremo N.° 013-2007-TR establece que la ONP debe determinar y otorgar la pensión de jubilación adelantada bajo las reglas del Sistema Nacional de Pensiones del Decreto Ley N.° 19990. Para ello, se toma como referencia el sueldo de un trabajador activo con el mismo cargo, nivel y régimen laboral que tenía el extrabajador al momento de su cese.

Sin embargo, la norma también contempla casos en los que ya no existe el cargo, la plaza o incluso la entidad donde laboró el beneficiario. En esas situaciones, el MTPE puede fijar, mediante resolución ministerial, una equivalencia del puesto y una remuneración de referencia que servirá para calcular la pensión inicial.

Esta decisión debe contar con la opinión técnica favorable de la ONP. Además, las entidades donde trabajaron los extrabajadores están obligadas a entregar la documentación necesaria para sustentar su historial laboral y permitir el cálculo de la pensión.

ONP valida cálculo de pensiones para 302 expedientes

El MTPE solicitó la validación técnica de la ONP sobre el cálculo de remuneraciones de referencia en 302 expedientes observados. Estos casos corresponden a situaciones en las que la ONP detectó que ya no existía la entidad de origen, no había plazas comparables o había desaparecido el nivel ocupacional en el sector público o en empresas estatales. Por ello, fue necesario revisar y validar las equivalencias de cargos y sueldos.

Tras la evaluación, la ONP emitió opinión técnica favorable y confirmó la corrección de los cálculos realizados y del contenido de la resolución ministerial. Con ello, el MTPE dispuso comunicar oficialmente a la ONP para que continúe con el trámite de cálculo y otorgamiento de las pensiones de jubilación adelantada a los beneficiarios incluidos en el anexo de la norma.

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