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No todos los trabajadores recibirán el segundo pago de la CTS en 2025: ¿quiénes quedan fuera de recibir el beneficio laboral, según Sunafil?

Inició noviembre y ya se anunció el segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú, lo que ha generado dudas sobre qué personas trabajadoras no podrán acceder a este beneficio.

El pago de la CTS se realiza máximo hasta el 15 de noviembre.
El pago de la CTS se realiza máximo hasta el 15 de noviembre. | Foto: Composición LR/IA.

Comenzó el mes de noviembre, y con él, se anuncia el segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a nivel nacional. En este contexto, surgen diversas consultas entre los trabajadores, siendo una de las más frecuentes quiénes no podrán acceder a este beneficio laboral, el cual busca proteger económicamente a los empleados en caso de cese o desempleo.

¿Qué trabajadores no reciben el pago de la CTS?

Según información publicada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) en su portal web, existen determinados trabajadores del régimen privado en el Perú que no recibirán el próximo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS):

  • Los trabajadores bajo el régimen laboral de la microempresa, pues tienen una norma especial, donde se señala que solo tienen vacaciones por un período de 15 días, como beneficio social.
  • Los trabajadores a tiempo parcial o part time.
  • Los trabajadores que tienen menos de un mes de labores.
  • Los trabajadores con Remuneración Integral Anual, pues ya incluye este beneficio.

¿Cuál es la fecha límite para el depósito de la CTS en 2025?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), detalla que la fecha máxima de pago de la CTS es el 15 de noviembre a nivel nacional. En 2025, esta fecha caerá día sábado, por lo que, el día hábil para brindar el beneficio será el viernes 14.

¿Qué es la CTS?

Según explicó el economista y magíster en Finanzas Fernando Lossio Vargas, actual docente de la Universidad Científica del Sur, a La República, la CTS cumple la función principal de proteger a la persona trabajadora en caso de desempleo.

"Es un beneficio que los trabajadores formales, como parte de su remuneración total, cuya finalidad original es hacer las funciones de un seguro desempleo, es decir, cuando originalmente se creó y se subió en un periodo de desempleo, buscando otro trabajo, pueda sobrevivir a partir de este ahorro que se le ha generado con la figura del CTS", detalló.

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