
La Ley Nº 32199 introduce un límite de edad para los trabajadores del sector público en Perú, la cual entró en vigencia en enero de 2025. Además, se establecen modificaciones en las regulaciones relacionadas con las licencias y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para quienes trabajan en las entidades del Estado peruano.
En general, la normativa tiene como objetivo estandarizar los procedimientos de retiro en las entidades públicas, con el fin de eliminar las diferencias existentes entre diversas instituciones y fomentar una gestión del personal más organizada. Esta medida es de cumplimiento obligatorio para todos los trabajadores que se encuentren bajo el régimen laboral establecido por el Decreto Legislativo Nº 276.
En Perú, los trabajadores regidos por el Decreto Legislativo Nº 276 deberán concluir sus labores al alcanzar los 70 años de edad. Esta normativa establece un retiro obligatorio uniforme que se implementará en todas las entidades del Estado. Esto implica que podrán seguir desempeñando sus funciones hasta el 31 de diciembre del año en que alcancen dicha edad. Anteriormente, las condiciones para la jubilación por edad diferían entre instituciones, lo que provocaba una gestión laboral desigual en el ámbito estatal.
La Ley Nº 32199 trae consigo modificaciones significativas en los beneficios destinados a los trabajadores del sector público. Entre los cambios más destacados se encuentra la extensión del tiempo máximo para solicitar licencias sin goce de haber. A partir de ahora, los servidores estatales podrán disfrutar de hasta tres años de licencia, ya sea de manera continua o en intervalos, durante un lapso de cinco años.
La Compensación por Tiempo de Servicios en el sector público se rige por un cálculo estandarizado. Según la normativa vigente, el monto a recibir equivale al 100% de la remuneración total del trabajador, lo que abarca todos los beneficios permanentes. Este pago se efectúa por cada año completo de servicio o por cualquier fracción que supere los seis meses de trabajo.
El cálculo mencionado considera elementos como el Monto Único Consolidado (MUC) y la Escala Base del Incentivo Único - CAFAE, promediados a lo largo de los últimos 36 meses de servicio, lo que asegura que los beneficios se distribuyan de manera equitativa y uniforme. Asimismo, si un trabajador regresa al sector público tras haber cesado, la CTS previamente abonada se toma en cuenta como un pago que cancela el tiempo de servicio anterior, lo que previene la posibilidad de cobros duplicados.
La reforma tiene como propósito fundamental unificar y estandarizar las condiciones de jubilación por edad en el sector público, con el fin de eliminar las disparidades que se presentaban entre diferentes entidades. Esta legislación pretende garantizar que todos los servidores estatales cuenten con normas claras y justas, sin importar el organismo en el que se desempeñen.
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