
A partir del 16 de junio de 2025, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) implementará cambios en los requisitos para la apertura de cuentas bancarias en el sistema financiero peruano. Estas modificaciones beneficiarán a los ciudadanos extranjeros, quienes podrán utilizar una mayor variedad de documentos para realizar el trámite, facilitando su acceso a los servicios bancarios en el país.
Las nuevas reglas aplican a las entidades del sistema financiero, como bancos, cajas municipales y financieras, que deberán adaptar sus procesos para cumplir con la normativa. Esta medida busca una mayor inclusión financiera, permitiendo a los extranjeros acceder con mayor facilidad a productos como las cuentas básicas de ahorro.
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La SBS aprobó la Resolución N.° 00908-2025, que modifica los requisitos para que ciudadanos extranjeros puedan abrir cuentas bancarias básicas en Perú. Con esta medida, ya no será obligatorio presentar únicamente el carné de extranjería; ahora se aceptan otros documentos oficiales como el pasaporte, carné de identidad u otras identificaciones válidas emitidas en el país.
Esta disposición tiene como propósito facilitar el ingreso de extranjeros al sistema financiero nacional, lo que permitirá una mayor flexibilidad en el proceso de apertura de cuentas. La ampliación de documentos aceptados busca simplificar los trámites y hacer más accesibles los servicios financieros a esta población en el territorio peruano.
A partir del 16 de junio de 2025, entrará en vigor la Resolución N.° 00908-2025 de la SBS, que establece nuevos requisitos para que los ciudadanos extranjeros puedan abrir cuentas básicas en el sistema financiero de Perú. Con esta medida, se amplían los documentos aceptados para la identificación de los extranjeros, permitiendo que presenten pasaporte, carné de identidad y otros documentos oficiales válidos, además del carné de extranjería.
Esta normativa afectará a todas las entidades del sistema financiero, como bancos, cajas municipales y financieras, que deberán ajustar sus procesos de identificación y verificación de clientes de acuerdo con los nuevos procedimientos establecidos. Desde el 16 de junio, los extranjeros podrán utilizar los documentos reconocidos por la SBS para abrir cuentas bancarias y las entidades financieras estarán obligadas a cumplir con esta nueva normativa.
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Las cuentas básicas de ahorro son una herramienta diseñada para promover la inclusión financiera, lo que permitirá a más personas acceder al sistema bancario. Este tipo de cuenta tiene restricciones en cuanto a los montos máximos de depósitos y retiros, tanto diarios como mensuales, lo que la diferencia de una cuenta de ahorro tradicional.
Anteriormente, se requería el DNI o carné de extranjería, y el trámite podía realizarse en oficinas bancarias, agentes corresponsales (como bodegas, tiendas o farmacias) y medios digitales. Sin embargo, con la Resolución N.° 00908-2025, se amplía la gama de documentos aceptados, facilitando el acceso a las cuentas básicas para los ciudadanos extranjeros en el país.
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