
El 20 de mayo de 2025 se anunció oficialmente la aprobación del registro de beneficiarios de la ayuda económica por acogimiento familiar correspondiente al mes de abril, de acuerdo con el Decreto Legislativo N.º 1297, el cual asegura la protección integral de los niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad familiar en Perú.
Este decreto tiene como objetivo principal garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los menores de edad, lo que demanda que vivan en un entorno familiar, seguro y digno. De acuerdo con la Undécima Disposición Complementaria Final de este decreto, las familias que asuman esta medida pueden recibir una subvención económica, cuyo monto se ajustará de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y las necesidades específicas de los menores en acogimiento. Para más detalles, clic aquí.
El Decreto Legislativo N° 1297 asigna al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) la responsabilidad de diseñar e implementar el servicio de acogimiento familiar, que incluye la selección, capacitación y evaluación de familias acogedoras, así como el seguimiento de las medidas de protección correspondientes.
La Resolución Ministerial N° 058-2025-MIMP aprobó la Directiva N° 002-2025-MIMP, que establece los procedimientos para la evaluación y aplicación de la medida de acogimiento familiar profesionalizado, destinada a menores con necesidades especiales o que se encuentran en situación de desprotección familiar. Esta normativa también regula la entrega de la subvención económica a las familias que brindan este apoyo.
En cuanto al presupuesto, el MIMP solicitó la disponibilidad de fondos para el financiamiento de la subvención correspondiente al mes de abril de 2025, cuyo monto total asciende a S/65.676,60. Tras la evaluación por parte de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, se aprobó el financiamiento a través de la Meta Presupuestal 0084, con un monto disponible de S/840.762,98.
Con la aprobación de la Resolución Ministerial N° 058-2025-MIMP, se formalizó la entrega de la subvención económica a las familias acogedoras, lo que contribuye a la protección y bienestar de los menores en situaciones de vulnerabilidad. La resolución será publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en el sitio web del MIMP.
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