
El impuesto vehicular es un tributo obligatorio que deben pagar los propietarios de vehículos en el Perú. Su finalidad es contribuir al mantenimiento de la infraestructura vial y al financiamiento de los servicios municipales. Este impuesto aplica a automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y ómnibus que tengan hasta tres años de antigüedad desde su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular.
El pago de este impuesto es anual y se encuentra regulado por las municipalidades provinciales en todo el país. En el caso específico de Lima, la entidad encargada de la recaudación es el Servicio de Administración Tributaria (SAT). A continuación, se detallan los plazos, montos y sanciones establecidas para el cumplimiento de esta obligación tributaria.
El pago del impuesto vehicular debe realizarse por un período de tres años consecutivos, contados a partir del año siguiente a la inscripción del vehículo en el Registro de Propiedad Vehicular. Esto significa que si un automóvil fue registrado en 2023, su propietario deberá abonar el tributo en los años 2024, 2025 y 2026.
El contribuyente responsable del pago es la persona o entidad que figure como propietaria del vehículo al 1 de enero del año en curso. La obligación se mantiene incluso si el vehículo es vendido durante el período sujeto a imposición, a menos que se realice la declaración de transferencia dentro del plazo establecido.
El monto del impuesto vehicular equivale al 1% del valor original de adquisición, importación o ingreso al patrimonio del vehículo. No obstante, este importe no puede ser menor al 1.5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente en el año de pago, según lo dispuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El pago se efectúa en la municipalidad provincial correspondiente al domicilio del contribuyente. En Lima, la declaración y abono se realizan ante el SAT, ya sea en sus oficinas, notarías afiliadas o a través de su plataforma virtual. Las municipalidades pueden establecer facilidades de pago, permitiendo cuotas trimestrales con vencimientos en febrero, mayo, agosto y noviembre.
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Los propietarios que no cumplan con el pago del impuesto vehicular dentro del plazo establecido estarán sujetos a sanciones económicas. La multa varía entre el 30% y el 100% de una UIT, dependiendo del tiempo de retraso y de si el contribuyente ha declarado correctamente su vehículo.
Asimismo, la acumulación de deudas puede generar intereses moratorios y restricciones en trámites vehiculares, como la transferencia de propiedad o la obtención de nuevos documentos. En caso de robo del vehículo, el contribuyente debe presentar una declaración jurada para que se suspenda la obligación tributaria a partir del año siguiente del siniestro.
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