El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews, anunció que las empresas que ofrecen los servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia deberán presentar de manera virtual su solicitud para que se les otorgue la autorización de funcionamiento desde el martes 13 de febrero hasta el miércoles 13 de marzo. Este tipo de empresas empezarán a pagar un impuesto de 12% de su utilidad neta.
“Esta es una importante noticia: poner en funcionamiento la Ley N° 31557 y su reglamento permitirá regular la explotación de los juegos a distancia y de las apuestas deportivas a distancia, generando un movimiento económico regulado y con pago de impuestos. Y, sobre todo, brindar la seguridad para el apostador, el juego responsable y la formalización de la actividad”, indicó el titular del Mincetur.
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La entidad precisó que el registro es fundamental para que las compañías puedan ofrecer sus servicios en el país. Caso contrario, serán pasibles a una sanción no menor a S/772.500 (150 UIT) y, además, a una denuncia penal e inhabilitación para ejercer actividades.
El ministro explicó que actualmente se encuentra activa una “marcha blanca” —es decir, un preregistro—, en la que los laboratorios de certificación, las empresas que ofrecen juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, y los proveedores de servicios pueden ir ingresando sus datos.
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Esto permitirá una adecuada operatividad del sistema informático del Mincetur, al atender el total de las solicitudes que se empiecen a recibir a partir del próximo 13 de febrero. Para acceder a este registro previo, los interesados deben ingresar al siguiente enlace: https://extranet.mincetur.gob.pe/extranet2/Home/Inicio .
“Ello será importante, porque se tienen identificadas 115 empresas que vienen ofreciendo los servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia en el país, de las cuales 86 son no domiciliadas y 29 son peruanas. Esto marca la clara visión de juego responsable y estricto cumplimiento de la ley y su reglamento”, enfatizó el funcionario.
Una vez las empresas cumplan con los requisitos y sean autorizadas por Mincetur, esto es a partir del 1 de abril, se encontrarán afectas a los gravámenes. Así, se estima que, en virtud de esta norma, el Estado Peruano podrá recaudar cerca de S/162 millones anuales, monto que será invertido en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Ello no afectará a las apuestas ni el pago de premios.
La ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
El dispositivo legal sostiene que solo podrán participar de esta actividad aquellas personas naturales mayores de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registradas previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el Mincetur.
En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local exclusivo de esta actividad u otros que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios.
Respecto a las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas.
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En el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la SBS.
Cabe indicar que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.