
En el marco del decreto de urgencia 004-2021, publicado este marte por el Ejecutivo, y en el que aprueba una serie de medidas sanitarias para controlar la pandemia de la COVID-19, también dispuso autorizaciones en torno a la suspensión perfecta de labores de trabajadores.
En esa línea, el gobierno autorizó de manera excepcional, la ejecución de las transferencias financieras otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, para la continuidad de las prestaciones de salud a los trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores hasta el 30 de abril de 2021.
Asimismo, se autorizó la ejecución de las transferencias financieras otorgadas por el MTPE a favor de EsSalud, para la prestación económica de protección social de emergencia ante la pandemia de coronavirus COVID – 19, hasta el 28 de febrero de 2021. Para tal efecto se considera como beneficiario de dicha prestación a quienes hayan realizado la solicitud en la plataforma VIVA EsSalud hasta el 31 de diciembre de 2020 y cumplan con los requisitos establecidos para recibirla en el Decreto de Urgencia N° 038-2020 y sus modificatorias.
Los saldos no utilizados de los recursos transferidos serán devueltos al Ministerio de Trabajo para su reversión al Tesoro Público.





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